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AENA y AENA Aeropuertos, condenadas por el TSJ de Gran Canaria

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Gran Canaria, SP, 13 de octubre de 2014.- FSAI en un explícito comunicado explica el alcance del fallo de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Las Palmas de Gran Canaria sobre el no reconocimiento de las horas sindicales de los miembros designados por los Comités de Centro para constituir los Comités de Seguridad y Salud Laboral(CCSL). La Federación Sindical hace alusión a un "acuerdo tácito" entre los sindicatos de la CSE (Coordinadora Estatal Sindical-UGT/CCOO y USO) y la Empresa, para que los CCSL no dispongan de horas sindicales. La Sala de lo Social con su fallo, que fija una indemnización para cada miembro del CCSL de 1.250EUR, además condena en costas AENA y AA,S.A, dejando meridianamente claro que esas prácticas no se ajustan a la legislación laboral, y sentando un precedente de alcance a nivel nacional. Casi nada.

(NP FSAI) Cuando sostenerla y no enmendarla cuesta caro.


Una vez más, y van ya unas cuantas, hemos comprobado que en ENAIRE campa la total ausencia de una «cultura de negociación» en lo que a gestión de Recursos Humanos se refiere. De igual forma constatamos también el aparente desinterés y/o falta de profesionalidad en el seno del Gabinete Jurídico de nuestra Empresa. No puede entenderse de otra manera a la luz de los hechos que a continuación vamos a relatar.

La actitud de ambos departamentos sólo puede comprenderse si lo miramos desde un punto de vista diferente. Es por todos conocida la existencia de un acuerdo tácito entre los Sindicatos integrantes de la CSE y la Empresa mediante el cual, los miembros designados por los Comités de Centro para constituir los Comités de Seguridad y Salud Laboral (CSSL) de cada centro, no dispondrán de las horas sindicales que les otorga el Estatuto de los Trabajadores y el propio Convenio Colectivo. De esta manera, los miembros del CSSL pertenecientes a sindicatos que no estén presentes en la CSE se quedan sin horas sindicales, dificultando así su tarea, al tener que llevarla a cabo siempre a costa de su tiempo y recursos particulares. De esta manera se establece un agravio comparativo entre los «oficialistas» y los que hacen su trabajo «por libre».

Gracias al excelente trabajo realizado por nuestro gabinete jurídico, The Iuris Adviser – Asesornet, de la mano del letrado Gonzalo Lucendo, se ha logrado una vez más que los tribunales dicten sentencia a nuestro favor en el último litigio mantenido con AENA (Navegación Aérea), actualmente ENAIRE, en Canarias.

Tras un continuo rosario de amenazas, expedientes, aumentos indiscriminados de cargas de trabajo, y toda suerte de abusos de autoridad e incumplimientos de la legislación laboral más elemental, una vez más sólo nos quedó el camino de los tribunales, resolviéndose este litigio con una sentencia, y ya van cinco en el último año, que en esta ocasión no sólo nos dio la razón sino que además condena a la empresa con una sanción económica por su proceder temerario a la hora de hacer valer sus pretensiones, dejando muy en entredicho la aparente profesionalidad de un Gabinete Jurídico, sometido a la dictadura de los Gestores de RRHH de Madrid.

Se constata que tanto dichos gestores, por pretender sostener lo insostenible, como los letrados del Gabinete Jurídico, por avalar la actitud de los primeros, reinciden una y otra vez en una conducta intransigente y contraria, no ya tan solo a la legislación laboral y a los derechos de los trabajadores, sino también contraría a los intereses de la propia ENAIRE, a la que hacen incurrir una y otra vez en gastos innecesarios.

Esperamos que el fallo de las dos próximas sentencias nos sea también favorable y si cabe más contundente que la actual, a ver si de una vez por todas alguien en SSCC entra en razón deteniendo este despilfarro de recursos tanto humanos como económicos.


En el actual escenario en el que operan los Proveedores de Servicios de Navegación Aérea en Europa, donde cada céntimo gastado ha de ser cuidadosamente justificado en aras de conseguir alcanzar los rendimientos económicos esperados, ENAIRE se empeña en demostrar que con ellos no va todo esto, dando la impresión de que nadie les pida explicaciones, ni acerca del rendimiento global de sus tareas, ni de los gastos en los que incurren.

Por otro lado, la mayoría de las veces, por no decir siempre, un adecuado talante negociador en RRHH haría posible no tener que forzar la vía jurídica. La falla en el dimensionamiento adecuado de las plantillas no se resuelve por las bravas, ya que ello provoca no ya solo descontento, sino que además sirve de semilla para un «mal ambiente corporativo» que al fin y a la postre resulta tan perjudicial para los trabajadores como para la empresa. Una empresa como la nuestra, a la cabeza entre los mejores proveedores de servicios de Navegación Aérea en Europa, no puede permitirse métodos de gestión de recursos humanos propios de la primera revolución industrial, hoy en día sobradamente superados y que como empresa pública, debería ser garante de los derechos laborales y de la legislación vigente.

A pesar de todo, desde la FSAI seguimos tendiendo nuestra mano al diálogo, sin que ello suponga que ante la prepotencia y el desprecio no sigamos demandando justicia, tanto para los derechos laborales como para los sindicales.

COMITÉ FEDERAL FSA

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