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marzo, jueves 28, 2024

DE CÓMO AENA E INECO ADULTERAN LOS DATOS SOBRE LOS CONTROLADORES AÉREOS NECESARIOS

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Desterrados1) PRIMERO.- La Entidad Mercantil Limitada CST (Consultoría y Servicios para la gestión en el Transporte S.L.), con fecha 20 de Mayo del 2004, ante el Ministerio de Economía y Hacienda, presentó escrito de denuncia contra AENA Aeropuertos Nacionales y Navegación Aérea, que tuvo su entrada el siguiente día 21 de Mayo y fué registrado con el nº 1245. Denunciaba a AENA "C) ejercer de una limitación y control de la distribución de la información que posee y que es de acceso público en el momento en que CSt solicita, realizando un reparto del mercado de Consultoría en Transporte Aéreo favoreciendo que se perpetúe el dominio de dicho mercado por su Empresa Consultora INECO (participada al 100% por AENA)".

2) La información que le fue negada a CST estaba relacionado con la asignación de slots por parte de la Oficina de Coordinación de Horarios de AENA. Se abrieron los expedientes números 635/04 – Aeropuertos; 668/05 – Aeropuertos 2; y 621/06 – CST/AENA; que se pueden consultar en www.cncompetencia.es.

3) En el primer párrafo del folio 10 de la resolución del expediente 621/06, AENA alega que "…y "no se ha suministrado la información solicitada por la denunciante a ninguna empresa privada". Se niega que se suministre a INECO toda la información sobre franjas horarias, ya que sólo se le ha proporcionado ocasionalmente cuando ha sido imprescindible para la ejecución de contratos de asistencia suscritos con AENA…". Con ello consiguió que el Tribunal de Defensa de la Competencia archivara la denuncia.

4) ¿Pero es cierto que el envío de esa información es ocasional, es decir, que no se produce de forma continua, varios días de la semana y todas las semanas?.

5) Entre uno más de los proyectos que tiene INECO está el de determinar los recursos humanos (en este caso controladores) que necesita AENA para cada período determinado. ¿Cómo logra INECO determinar esa necesidad?. Utilizando entre otros los datos de programación de vuelos obtenidos con una aplicación de AENA llamada GESLOT (Gestíón de Slots). Con esa información que se le facilita de forma continuada -y para nada ocasional- y otros datos procedentes de diversos departamentos de AENA, realiza una serie de informes con los que luego obtienen el número de controladores que son necesarios.

6) Y aquí está la adulteración. GESLOT sólo recoge los vuelos programados (a los que les ha sido asignado un slot). ¿Pero qué ocurre con los vuelos que operan sin slot asignado?. ¿Acaso los controladores no les prestan servicio de rodadura, aproximación y un largo etc.?.

Concluyendo, AENA determina las necesidades de sus servicios de control en razón de un informe que elabora INECO, para lo cual recibe información continuada de AENA (y que se le negó a CST) relativa a los vuelos programados, pero que es una información sesgada (a sabiendas) porque se sabe que hay miles de vuelos que a lo largo del año operan en los aeropuertos sin tener slot asignado. Así, la previsión de controladores es ficticia y con ello se ataca a su supuesta falta de productividad.

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