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marzo, viernes 29, 2024

Regulación de drones sin capacidad supervisora

Aviaciondigit@l/Ministerio de Fomento

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Madrid, SP.- Pese a la limitación de recursos de AESA, para la supervisión de esta actividad, el Consejo de Ministros, tras 3 años de provisionalidad, aprobaba hoy el Real Decreto que regula las operaciones con drones en España. Supervisar 3.693 pilotos, 3.000 operadores, 4.283 drones y 74 escuelas, no es sencillo cuando apenas alcanza la estructura de AESA con la supervisión de otros sectores de nuestra aviación. Esto se produce precisamente en el país pionero de drones como era el Telekino de Leonardo Torres Quevedo en 1902. 115 años hemos tardado en regularlo en España. En 2007 tuvo su reconocimiento con el «Milestone» del IEEE, norteamericano claro. En 1972 Juan de la Cierva desarrolló un helicóptero no tripulado para el Departamento de Defensa de los EEUU como apoyo previo a los desembarcos.

Evidentemente la pujanza de esta actividad industrial es cada vez es más importante, lo que genera riqueza, pero habitualmente se debe contar con una estructura como para poder controlar las amenazas potenciales al universalizar esta actividad (esta es la función de AESA) que un segmento de la actividad aérea de este tipo puede generar no de forma reactiva evidentemente como es la costumbre nacional.

Las casas no se comienzan a construir por el tejado… Será AESA la que ahora tendrá que aprobar, autorizar tras estudiarlo, el sobrevuelo sobre edificios, aglomeraciones humanas o nocturnamente caso a caso, lo que evidentemente está limitado por su actual estructura… ¿o lo subcontratarán?. Especialmente delicado, sin duda, es lo que afectará a la security en un entorno donde la amenaza terrorista es real. Este ha sido el motivo de la tardanza en aprobar el Real Decreto.

(Ministerio de Fomento)/ El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el Real Decreto que desarrolla y amplía el marco normativo adoptado inicialmente por la Ley 18/2014 para la realización de actividades con aeronaves pilotadas por control remoto (drones), impulsando así el crecimiento de un segmento emergente, íntimamente ligado al desarrollo y a la innovación tecnológica.

La aprobación en 2014 de un marco regulador temporal para la realización de actividades con drones ha facilitado el desarrollo de este sector emergente. Prueba de ello es que en tres años se han habilitado en la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) casi 3.000 operadores, 3.693 pilotos y 4.283 drones, lo que pone de manifiesto la creciente relevancia de esta nueva actividad, a la que además también se dedican en España 74 escuelas de formación y una veintena de fabricantes.

La norma temporal vigente hasta ahora establecía unos requisitos mínimos para la operación con este tipo de aeronaves, pero no abarcaba toda la casuística de potenciales actividades que el sector ha venido planteando durante todos estos meses.

Nuevos escenarios operacionales

El Real Decreto ahora aprobado desarrolla el marco normativo adoptado inicialmente por el Real Decreto-Ley 8/2014 para facilitar el avance de una actividad económica emergente, al tiempo que establece las medidas necesarias para la realización segura de las operaciones en las que intervengan estas aeronaves.

Así, la nueva norma establece los requisitos para que los operadores de drones puedan desarrollar de forma segura actividades en entornos en los que hasta ahora no era posible hacerlo, como el sobrevuelo en las inmediaciones de edificios, reuniones de personas al aire libre y vuelos nocturnos, aunque para ello será necesario realizar un estudio de seguridad de la operación y tener una autorización previa de AESA, entre otros requisitos.

También se permiten operaciones en espacio aéreo controlado, aunque en este caso, se precisarán requisitos de formación del personal y de los equipos, así como un estudio aeronáutico de seguridad coordinado con el proveedor de servicios de tránsito aéreo y la previa autorización de AESA.

Asimismo, establece las condiciones que deben cumplir las organizaciones de diseño, fabricación y mantenimiento de este tipo de aeronaves, así como los requisitos de formación para su pilotaje, todo ello en términos equivalentes a los marcos normativos existentes en otros países europeos.

Este Real Decreto contiene además medidas relativas al uso recreativo de los drones, estableciendo una serie de limitaciones destinadas a garantizar la seguridad del espacio aéreo y de la ciudadanía.

Los requisitos establecidos en el nuevo Real Decreto están sujetos a la supervisión y control de AESA y su incumplimiento constituye una infracción administrativa en el ámbito de la aviación civil conforme a lo previsto en la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea.

Adicionalmente, y dada la especial afectación a la seguridad pública que puede implicar el uso de este tipo de aeronaves, el nuevo Real Decreto incorpora una serie de disposiciones complementarias:

  •   Se comunicará previamente al Ministerio del Interior la ejecución de operaciones sobre aglomeraciones y zonas urbanas.
  •   Por motivos de seguridad pública, las autoridades competentes en la materia podrán limitar la operación de drones.Durante el primer trimestre de 2018, el Ministerio de Fomento complementará el nuevo marco con la publicación del Plan Estratégico de Drones, una herramienta que, más allá del ámbito regulador, permitirá definir de forma transversal los ejes y las líneas de actuación para potenciar al máximo este segmento de la industria en nuestro país, poniendo todo su potencial tecnológico e innovación al servicio de los ciudadanos.
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