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abril, viernes 19, 2024

El representante legal de los controladores, tambien pide amparo

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Espionaje

El Consejo General de la Abogacía Española y el Colegio de Abogados de Barcelona han recibido sendos escritos del abogado de la Unión Sindical de Controladores Aéreos (USCA), Francisco Maroto, solicitando su amparo, ante la posibilidad de que sean ciertas las informaciones aparecidas en algunos medios de comunicación acerca de que estaba siendo investigado, seguido y escuchado telefónicamente por responsables del Centro Nacional de Inteligencia (CNI).

Según dichas informaciones hechas públicas, el encargo de las escuchas telefónicas fue responsabilidad del Secretario de Estado de Interior, el cual se lo trasladó al Director General de la Policía y al de la Guardia Civil, y hacen hincapié en que los seguimientos y escuchas han facilitado informaciones que no tienen nada que ver con la labor del representante legal de los controladores en su función de tal.

Para el representante legal, al desconocer la veracidad de estas informaciones, así como el origen de la autorización judicial que debería existir para proceder a cualquier tipo de escucha, tal y como recoge la Constitución Española y el Convenio Europeo para la Protección de Derechos Humanos y Libertades Fundamentales, se ha puesto en aviso al Consejo General de la Abogacía y al Colegio de Abogados al que pertenece.

La actuación del abogado de USCA es paralela a la acción realizada este jueves por el presidente del sindicato, Camilo Cela, y su secretario de Comunicación, César Cabo, quienes se dirigieron al Fiscal General del Estado con el fin de solicitarle una entrevista, en la que se pedirá su amparo y actuación tras conocerse informaciones en las que se les atribuye al CNI sendas investigaciones y escuchas telefónicas sobre sus personas, que pudieron ser motivadas ilegalmente a raíz del conflicto laboral que en estos momentos mantiene este colectivo de trabajadores con su empresa, dependiente del Ministerio de Fomento.

En el ordenamiento jurídico español, la garantía de que se va a respetar el secreto de las comunicaciones encuentra su único límite constitucional en la declaración de los estados de excepción o de sitio, algo que no se ha producido en España, o cuando así lo determine una Ley Orgánica para determinadas personas relacionadas con bandas armadas o elementos terroristas, lo cual, obviamente, no es el caso. En España, el Gobierno de la Nación declaró el Estado de Alarma, que no tiene nada que ver y es totalmente diferente a los estados de excepción o de sitio.

Cabe recordar, que el deber de secreto profesional tiene implicaciones, no sólo en el ejercicio de la profesión de abogado sino en el derecho que tienen sus representados de que se guarde secreto sobre lo que le confían, y la violación de sus comunicaciones puede haber implicado la vulneración de este derecho en todas las conversaciones que el representante legal de USCA haya mantenido con dichos representados.

Fundamento de una actuación

La decisión de pedir al Consejo General de la Abogacía su protección viene motivada por el hecho de que en el propio Estatuto General de la Abogacía se otorga a dicho órgano la función de proteger la lícita libertad de actuación de los abogados.

Por su parte, la comunicación al Colegio de Abogados de Barcelona, al que se encuentra adscrito el representante legal de los controladores, se hace en virtud de la potestad de estos colegios de representar y defender a la profesión, así como de ser parte en cuantos litigios y causas afecten a los intereses y derechos profesionales, así como a los fines de la abogacía.

Al Colegio de Abogados le corresponderá, según se le solicita expresamente, iniciar las acciones que considere oportunas en relación con los intereses y derechos que hayan podido ser vulnerados, para lo cual se deberá averiguar la veracidad de lo que afirman los medios de comunicación y solicitar que se declaren ilegales las escuchas e investigaciones realizadas en torno al representante de los controladores, propiciando, además, que se tomen las medidas oportunas para que no se sigan vulnerando los derechos tutelados por las leyes.

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