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El único sindicato que demandó por el «Tudelazo» de Iberia, STAVLA, obtiene Sentencia favorable de la AN

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Madrid, SP, 19 de junio de 2015.- STAVLA, sindicato de TCPs en Iberia, ha obtenido la estimación de su demanda sobre las dietas que les debe abonar la compañía, frente al resto de los sindicatos que firmaron el acuerdo con ésta, en lo que supone según el sindicato «una bofetada a la compañía, en la cara de sus sindicatos …» que con excepción de STAVLA, que codemandó tanto a la compañía como al resto de sindicatos, al no estar de acuedo con la reducción del 14+4% de la totalidad de los conceptos retributivos de las nóminas de los Tripulantes de Cabina de Pasajeros. El pasado lunes la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional les daba finalmente la razón. En una carta dirigida a sus afiliados a la que AD ha tenido acceso, así lo explica a sus afiliados STAVLA.

COMUNICADO DE STAVLA/Estimados afiliados: Como recordaréis, el proceso de mediación llevado a cabo por D. Gregorio Tudela Cambronero, incluía una rebaja salarial del 14% para el colectivo de TCP. A ese 14% habría que añadirle un 4% adicional en el caso de que no se alcanzara un acuerdo de productividad.

La dirección de Iberia aplicó la reducción del 14% + 4% a la totalidad de conceptos retributivos de nuestras nóminas. STAVLA, el único sindicato de TCP que no firmó el »Tudelazo«, se embarcó entonces en una demanda que se presentó en la Audiencia Nacional el 24 de mayo de 2013. La Sala de lo Social de la A.N., aparcó nuestra demanda a la espera de resolver otra que englobaba la totalidad de la mediación y por eso, hasta el pasado 3 de Junio no se celebró la vista. STAVLA entendía que la rebaja del 14% + 4% a las DIETAS y a la indemnización por TRANSPORTE no podía ser de aplicación.

El pasado 3 de junio se celebró por fin el juicio. No acudieron ninguno de los sindicatos de TCP codemandados y sólo compareció además de la empresa, el abogado de SEPLA para alegar falta de legitimación pasiva, e.d., no les afecta.

Nos ha sido notificada la sentencia dictada por la Sala de Social de la Audiencia Nacional y a continuación copiamos literalmente el fallo:

Estimando la excepción de falta de legitimación pasiva invocada por el SEPLA y estimando la demanda interpuesta por STAVLA frente a IBERIA LAE SAU, SITCPLA, CTA-FERR-UGT, FSC-CCOO, ASETMA, USO, SEPLA Y CGT

DECLARAMOS:

que las dietas y la indemnización por recogida o transporte establecida en el XVI Convenio Colectivo de TCP constituyen retribuciones extrasalariales de carácter indemnizatorio:

Que el acuerdo de Mediación realizado por el Sr. Tudela Cambronero de fecha 13 de Marzo de 2013, sobre inaplicación de determinadas condiciones de trabajo recogidas en el Convenio Colectivo de TCPs, no establece ajuste o disminución de las dietas y transporte o indemnización por renuncia a la recogida, estableciéndose en el mismo únicamente una disminución o ajuste en los salarios y por tanto en las partidas salariales: el derecho de todos y cada uno de los trabajadores TCPs de IBERIA afectados a seguir percibiendo el importe establecido en el XVI C.C. de las dietas por razón de viaje y la indemnización por renuncia a la recogida o plus de transporte dejándose sin efecto el descuento o la reducción efectuada por la empresa., y

CONDENAMOS A IBERIA LAE SAU a estar y pasar por las anteriores declaraciones y a la devolución individualizada a los trabajadores afectados del Colectivo de TCPs de la empresa IBERIA, de las cantidades correspondientes y que le han sido descontadas en los citados conceptos desde el 15 de Marzo de 2013. Concretamente el 14% de las dietas percibidas y de la indemnización por recogida o transporte a partir del 15 de Marzo y hasta el 15 de Abril, así como el 18% de los citados conceptos devengados desde el 15 de Abril en adelante y hasta el 24 de Mayo de 2014.

La Sentencia no es firme y con toda probabilidad será recurrida por Iberia, y si fueran coherentes aquellos que firmaron y lo incluyeron en el actual convenio, también deberían recurrirla, ya que NUNCA QUISIERON RECUPERAR ESE 14% + 4% PARA EL COLECTIVO AL QUE DICEN DEFENDER. Es más, la redacción del actual Convenio, trataba de remachar la chapuza realizada por Tudela, incluyendo la reducción del 14% incluso a las DIETAS. Como alegó nuestro brillante letrado, los TCP, utilizan sus dietas para los gastos que se generan en los destinos donde pernoctan y la vida no se ha reducido un 14% + 4% en Paris, Roma, Bogotá o cualquier otro destino donde pernoctamos los TCP.

Esta Sentencia supone que Iberia debe abonarnos las cantidades descontadas de nuestras dietas e indemnización por transporte, pero sólo en el periodo desde el 15 de marzo de 2013 hasta el 24 de mayo de 2014. De no haberse incluido en el actual convenio, por los sindicatos palmeros, la sentencia hubiera sido extensiva a los siguientes meses y por tanto a día de hoy nuestras DIETAS e indemnización por TRANSPORTE, no se hubieran visto reducidas en el porcentaje que la empresa siempre ha querido.

Y queremos hacer hincapié en ello porque NINGUN SINDICATO ha apoyado aSTAVLA en su demanda, ni en NADA. Esos que dicen defender a los TCP nos han clavado una losa en nuestras DIETAS y TRANSPORTE del 14%/18%, porque le venía bien a la empresa. ¿Con qué cara van a contar a sus afiliados y simpatizantes que la rebaja firmada a Iberia ha sido GRATUITA?. ¿Cómo se van a alegrar de recuperar ese 14% + 4% si fueron ellos mismos quienes se lo han regalado a la empresa?. ¿No tenían bastante con ceder salarios y productividad al mismo tiempo? Para que os hagáis una idea, el coste que puede tener para Iberia la devolución de estas cantidades, unos cinco millones de euros, se asemeja a la que los directivos, comenzando por el actual presidente Luis Gallego, han cobrado por incentivos.

Se nos acusa desde el resto de sindicatos, nuestra falta de acuerdos y trabajo. Desde luego para llegar a este tipo de acuerdos tan beneficiosos para la empresa, y sin contrapartidas para TODOS los TCP, STAVLA seguirá sin firmar nada. Falta de trabajo tampoco hemos tenido porque cada sandez, que se ha ido incorporando al convenio la hemos tenido que ir desmontando en los juzgados o inspecciones de trabajo. Y seguiremos en ello.

La parte práctica de la sentencia sería la siguiente:

  • Si Iberia no recurre, la sentencia quedaría firme y nos tendrían que abonar las cantidades que a cada uno le correspondieran. Si Iberia no lo hiciera de forma voluntaria, habría que pedir la ejecución de la sentencia y se podría dar el caso de que desde STAVLA, la parte demandante, solo pudiera pedirse la ejecución para nuestros afiliados.

  • Si Iberia recurre, tendríamos que esperar a que la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, dictara sentencia y de ratificar la dictada por la Audiencia Nacional, Iberia estaría obligada a abonarnos la cantidad detraída más los intereses con el matiz expuesto anteriormente.

Os queremos agradecer desde la Sección Sindical el apoyo que nos mostráis y que nos empuja día a día a luchar, no solo contra la empresa, sino contra el resto de sindicatos que se empeñan en denigrar la profesión y reducir nuestras nóminas a costa de acuerdos lesivos contra los intereses de los TCP.Nosotros seguiremos defendiendo los intereses de los TCP, por mucho que le pese al resto de sindicatos y a la dirección de la empresa. Hemos demostrado con lo más sagrado que tiene un trabajador, su puesto de trabajo, que estamos dispuestos a llegar hasta donde haga falta.

A los compañeros que siguen afiliados a esos palmeros que firman gratuitamente la rebaja en nuestras nóminas, les pedimos que reconsideren su postura de seguir financiando su propia rebaja salarial. Cada vez que paguéis la cuota preguntaros qué hace vuestro sindicato por vosotros. Ahora ya conocéis la respuesta. ¿Qué más queréis?!

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