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abril, jueves 18, 2024

Llegó el arbitraje obligatorio para el pleito SEPLA-IBERIA por la creación de IBERIA EXPRESS

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SEPLA IBERIAEl diario económico madrileño "CINCO DÍAS" anuncia en su edición de hoy que en el ya largo conflicto entre el SINDICATO ESPAÑOL DE PILOTOS DE LINEAS AEREAS y la empresa IBERIA originado por la creación de IBERIA EXPRESS que "El Gobierno interviene en la crisis de Iberia con un arbitraje de obligado cumplimiento".

Como recordaran nuestros lectores hace tiempo que veníamos insistiendo en dos cuestiones, una relacionada con este conflicto reclamando la intervención del Estado español para obligar a las partes a someterse a un arbitraje obligatorio.

La otra cuestión es la necesidad de legislar un sistema de arbitraje compulsivo para conflictos gremiales-empresarios que afecten el funcionamiento de los servicios públicos o actividades que pudieran calificarse de interés nacional.

Ahora la gran cuestión en este caso concreto, será la de determinar el objeto del conflicto.

El SEPLA cuestiona lisa y llanamente la creación de IBERIA EXPRESS, empresa "low cost" para el mediano y corto radio creada por IBERIA.

La empresa por el contrario y desde ya comparto su posición dice que el conflicto radica en la interpretación del convenio colectivo de trabajo ya que también, siempre en mi opinión, la creación de IBERIA EXPRESS es una decisión empresaria que no puede someterse a la conformidad de uno o más gremios.

Solo los accionistas de IBERIA serán, valga la expresión, los jueces que aprobarán o no la creación de la filial "low cost"

Personalmente y deseo no equivocarme, este conflicto y el consecuente arbitraje obligatorio estimo marcará un hito en el derecho laboral y los estados deberán comenzar a pensar en sancionar normas que reglamenten y regulen el derecho de huelga.

Avanzo, el derecho de huelga es un derecho gremial y para declarar una huelga debe seguirse un procedimiento en el que el trabajador agremiado pueda expresarse libremente y la decisión final debe ser tomada por una mayoría genuina.

Ahora bien cuando la huelga se ha decretado legítimamente como es en este caso y afecta el normal funcionamiento de servicios públicos y el conflicto se prolonga en el tiempo considero imprescindible que los estados dispongan de procedimientos administrativos para mediar sino también para imponer soluciones.

Una de las funciones del estado es precisamente la de contribuir a la solución de los conflictos.

Los conflictos que afectan el funcionamiento de los servicios públicos perjudican y lesionan el bien común, con más razón cuando el conflicto se prolonga indefinidamente ya que el ciudadano común comienza a perder su confianza en el ESTADO como garante de la seguridad jurídica en su más amplia acepción.

No es posible que se decreten paros, como ocurre en Argentina, por nimiedades o que el paro o huelga sea el único medio para dirimir conflictos o imponer soluciones, debemos otra vez descubrir el valor del diálogo y la negociación no solo para resolver conflictos sino para administrarlos, porque más de una vez y esto lo recojo de mi experiencia, generalmente la sabia administración del conflicto lleva a la mejor solución para todos y todas….

Lamento que el arbitraje haya llegado tan tarde cuando ya se materializó un daño, pero también es cierto que a veces hay que sufrir para valorar la utilidad de un medio, de un derecho y sobre todo del modo de contribuir al bien común.

Reitero una vez más, en nuestros sistemas de sustancia republicana y democrática o en las monarquías constitucionales, que llamaría "monarquías republicanas", no existen los derechos absolutos, porque ello implicaría privilegios que son inconsistentes con nuestras instituciones políticas.

Me parece oportuno recordar que el ejercicio de la libertad nos da la oportunidad de decidir, pero también la de asumir las consecuencias de la decisión, es decir asumir la responsabilidad de nuestros actos, como lo explica AMARTYA SEN en "La idea de la justicia".

Un conflicto colectivo de larga duración resulta intolerable porque lesiona ese principio de la justicia sánscrita que también explica SEN, llamado "niaya", que significa justicia realizada.

Por más legítima fue fuera la causa que llevó a decretar una huelga, cuando la misma ejecución de la huelga impide llegar a una solución estamos lesionando ese principio de la justicia realizada, ya que estamos afectando la realización del bien común y en consecuencia perjudicando a personas ajenas.

Esta afirmación no implica imputar la "culpa" del conflicto al sector gremial, porque también desde ya existe una posición de intolerancia por parte de IBERIA y es en estos casos en los que el estado nos debe proporcionar procedimientos voluntarios o compulsivos para someter el conflicto a un tratamiento que llamaría "jurisdiccional", es decir que un tercero imparcial resuelva sobre la disputa.

"Preguntar cómo van las cosas y si pueden mejorar es una parte ineludible de la búsqueda de la justicia" se han hecho esta preguntas que también nos propone SEN, los dirigentes gremiales, los dirigentes empresarios y los funcionarios del estado…?

Parecería que se la hicieron tardíamente, pero mejor tarde que nunca…

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