Madrid, SP.- AESA publica recomendaciones que se deberían verificar antes de contratar el servicio de una empresa de drones. En dos años de normativa hay casi 1.500 operadores de drones habilitados, que son los únicos que pueden trabajar con las aeronaves pilotadas por control remoto.
La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), dependiente del Ministerio de Fomento, ha publicado una serie de recomendaciones sobre qué hay que verificar antes de contratar los servicios de un operador de drones con el objetivo de evitar situaciones que puedan poner en riesgo la seguridad de las personas y bienes en tierra.
AESA ha elaborado diversos folletos informativos sobre los requisitos debe cumplir una empresa o un particular para poder trabajar con drones y dónde no se puede operar con ellos. En esta ocasión recuerda a los usuarios finales que antes de contratar los servicios de un operador de drones debe de verificar una serie de condiciones para asegurarse que ésta cumple con lo que marca la ley.
Una de las principales causas de sanción por parte de la Agencia, es el hecho de estar trabajando con drones sin ser un operador habilitado. De ahí, que AESA recuerde a los usuarios que antes de contratar el servicio de una empresa de drones debe verificar que está habilitada en AESA, para ello, en la web de la Agencia (www.seguridadaerea.gob.es) está disponible el listado de operadores habilitados que se actualiza semanalmente.
En ese sentido la Agencia recuerda que los Ayuntamientos, asociaciones, productoras, o cualquier otro organismo no tienen competencia para autorizar operaciones con drones, es AESA es el único organismo con competencias en este ámbito.
Otra de las recomendaciones es verificar que la empresa contratada cuenta con una comunicación previa y declaración responsable sellada en todas sus páginas por AESA. Esta documentación permitirá verificar la información sobre los pilotos que pueden operar, las aeronaves que pueden utilizar y los trabajos que pueden realizar.
Otro aspecto que hay que comprobar es que cuente con el seguro de responsabilidad civil a terceros en vigor para cada aeronave y cada actividad a realizar.
Además, AESA también recuerda que aunque sean operadores habilitados sólo podrán volar en los espacios permitidos por la ley, por lo que no podrán realizar vuelos en núcleos urbanos, sobre aglomeraciones de personas, por la noche, en espacio aéreo controlado, a más de 120 m. de altura y en las proximidades de los aeropuertos.
Dos años de normativa
España cuenta desde hace dos años con una normativa que regula el uso civil de los drones y que establece una serie de requisitos que hay que cumplir para poder usarlos como herramienta de trabajo. Desde entonces en AESA se han registrado 1.461 operadores y 2.314 aeronaves.
Para poder trabajar con un dron es necesario habilitarse y estar registrado en AESA, contar con un seguro de responsabilidad civil a terceros para cada aeronave y actividad, ser piloto de drones, es decir tener conocimientos teóricos de aeronáutica y prácticos del dron que se va a pilotar, además de tener un certificado médico en vigor y ser mayor de 18 años.