La reacción de Boeing ha sido instantánea, ante la decisión de la Organización Mundial del Comercio (OMC) relativa a las subvenciones a la industria aeronáutica Airbus. En este mes de julio, este tras este largo litigio, se preveé que tambien la OMC se pronuncie contra la demanda de la europea a las ayudas oficiales en los EE.UU. Acompañamos como documento adjunto, el listado completo de todas y cada una de las ayudas o subvenciones que cuestionaban los EE.UU., reconociendo, según Boeing, que los miles de millones de euros concedidos al fabricante Airbus son ilegales y deberán cesar.
Boeing califica el dictamen de la OMC de decisión histórica y aplastante victoria legal
* Las ayudas al lanzamiento para cada programa de Airbus se consideran ilegales y perjudiciales
* Las ayudas al lanzamiento "prohibidas" del A380 deberán retirarse "sin dilación"
* Se establece un principio legal: los programas de desarrollo aeronáutico deben financiarse con arreglo a términos comerciales.
* La financiación de los Gobiernos a programas de infraestructura e I+D de Airbus también se consideran ilegales
CHICAGO, 30 de Junio de 2010 – Boeing ha celebrado hoy la decisión final emitida por la Organización Mundial del Comercio (OMC) por la que las subvenciones de miles de millones de dólares concedidas por los gobiernos europeos en forma de ayudas al lanzamiento, y utilizadas por Airbus para desarrollar sus aviones comerciales, son ilegales y deben cesar. La decisión que la OMC ha hecho pública hoy también estima que una gran variedad de programas gubernamentales de financiación destinados al desarrollo de investigación e infraestructura de Airbus violan los acuerdos comerciales internacionales.
"Es una decisión histórica y una victoria aplastante contra las ayudas al lanzamiento que han sustentado el crecimiento de Airbus y que continúan proporcionando a sus productos una gran ventaja en términos de coste"- dijo el Presidente del Consejo, Presidente Ejecutivo y Consejero Delegado de Boeing, Jim McNerney. "La Oficina de Comercio en EE.UU. merece gran reconocimiento por la decisión de hoy. Ahora, nos unimos al gobierno de los Estados Unidos para exigir que se cumpla el dictamen y se restaure de forma permanente la competencia leal en nuestra industria", añadió McNerney.
El Vicepresidente Ejecutivo y Director del Departamento Jurídico J. Michael Luttig explicó los detalles legales y las implicaciones del dictamen. "Cada caso de ayuda al lanzamiento cuestionado por Estados Unidos ha sido considerado ilegal." ha dicho Luttig. "El Grupo Especial de Expertos ha declarado que, sin las subvenciones ilegales recibidas, Airbus no gozaría de la cuota de mercado aeroespacial de la que ahora disfruta. La decisión modificará para siempre el marco de competencia de la industria aeronáutica, obligando a Airbus a competir en el mercado global en las mismas condiciones que Boeing."
Luttig recalcó que las ayudas al lanzamiento europeas para el A380 incluyen subvenciones a la exportación prohibidas y que las reglas de la OMC requieren que sean retiradas "sin demora."
"De acuerdo con la decisión de hoy, Airbus deberá devolver los 4.000 millones de dólares en ayudas al lanzamiento ilegales que recibió para el A380, o bien reestructurar la financiación del A380 con arreglo a condiciones comerciales probadas. De la misma forma, Airbus debe abandonar sus planes de financiación para el A350 basados en subvenciones ilegales ", añadió.
Luttig comentó también que "la OMC rechazó todas las excusas para continuar con las ayudas al lanzamiento, la forma más perjudicial de subvención que recibe Airbus, además del resto de subvenciones que Airbus y EADS utilizan para obtener ventaja de forma desleal, tanto en el mercado de aviones comerciales, como en el de defensa, en los derivados militares de sus aviones. A partir de ahora, Airbus debe competir por sí misma, sin la ayuda de los contribuyentes europeos – una ayuda que EE.UU. estima superior a 200.000 millones de dólares"
Airbus ha utilizado estas ayudas al lanzamiento procedentes de los gobiernos para financiar el desarrollo de sus aviones comerciales desde que la empresa se fundó, en 1970. En la actualidad controla más de la mitad del mercado de aviación comercial. Generalmente, la ayuda al lanzamiento se materializa en forma de préstamos sin intereses o con unos intereses muy bajos y con términos de devolución tan generosos, que no es necesario devolverlos durante los años que dura el desarrollo de un avión comercial, y jamás en el caso de que el programa fracase. Las ayudas al lanzamiento son un beneficio exclusivo de Airbus, ya que el gobierno estadounidense no financia el desarrollo de productos comerciales.
"La OMC ha declarado de manera inequívoca que las subvenciones gubernamentales a favor de Airbus violan las normas de la OMC, que distorsionan el mercado y que han causado daños significativos a la industria aeroespacial estadounidense y a sus trabajadores", declaró Luttig. "El cumplimiento de las reglas de la OMC es primordial para el establecimiento de un marco de actuación equitativo y justo entre Airbus y Boeing. También es necesario para conservar la integridad de los procesos de la OMC y, por ende, la integridad del sistema de comercio que en ellos se basa y que ha sido el impulsor clave del crecimiento económico global."
Luttig afirmó que la decisión de la OMC, no sólo deja claro que no pueden existir nuevas formas de financiación en forma de subvenciones gubernamentales para el futuro modelo A350, sino que además clarifica las normas para los nuevos participantes en este mercado. "La decisión establece un principio general que deberán respetar quienes entren en el mercado aeroespacial: cualquiera que desee utilizar financiación gubernamental para desarrollar productos nuevos y competitivos deberá demostrar que dichas cantidades se proporcionan en base a condiciones comerciales probadas", añadió.
La OMC es un árbitro independiente e imparcial en las disputas comerciales en todo el mundo. El dictamen de hoy es el resultado de la decisión que tomó el gobierno de los EE.UU. de denunciar este tipo de subvenciones ante la OMC en 2004 y de poner así fin a las subvenciones europeas a favor de Airbus. Si bien el dictamen de la OMC da derecho de apelación a los países europeos, Boeing espera que los procesos de apelación concluyan antes del final de 2010.
"Ya podemos vislumbrar un final satisfactorio para esta larga disputa. En un año, si Airbus no ha reestructurado completamente el programa del A380 de manera que se financie en términos comerciales totalmente verificables, el gobierno de EE.UU. tendrá autoridad para tomar medidas decisivas que aseguren el cumplimiento".
Por su parte, el Presidente de Boeing en España, Pedro Argüelles, ha manifestado a propósito de la decisión "En Boeing no nos asusta la competencia. Al contrario, nos hace más fuertes y mejores, tanto a nosotros como a nuestros competidores. El respeto a los acuerdos comerciales internacionales es necesario para el mantenimiento de un sistema de comercio justo y ordenado, que confiere grandes beneficios a Europa, Estados Unidos y otros países que busquen sumarse, como operadores globales, al negocio aeroespacial".
LO QUE LA OMC HA CONCLUIDO
ƒx El presente documento es una traducción provisional del informe final del Panel de la OMC preparada por el Despacho WilmerHale. Este documento será actualizado tan pronto como esté disponible la versión oficial del informe en Español .
Desde que la OMC entregó a las partes su decisión de 2010 sobre las subvenciones de los gobiernos europeos a Airbus el 23 de marzo, Airbus ha presentado la sustancia de la decisión sugiriendo un resultado diferente. Lo más importante, a través de comunicados de prensa y similares, Airbus ha dicho en repetidas ocasiones:
1. El 70 por ciento de las alegaciones de los EE.UU. fueron rechazadas.
2. El mecanismo europeo de préstamos reembolsables, también conocido como "ayuda al lanzamiento," es una fuente legal y conforme a las reglas del OMC para financiación del desarrollo de aeronaves. El Grupo Especial de la OMC determinó que préstamos anteriores contenían un cierto elemento de subvención.
3. El apoyo a Airbus bajo este u otros mecanismos no ha causado ningún "perjuicio material" a los intereses de los EE.UU.
4. La posible financiación del A350 en el futuro no se verá afectada en modo alguno por este informe.
5. El Grupo Especial rechazó la solicitud de soluciones solicitadas por los EE.UU. como jurídicamente inapropiadas.
Sin embargo, lo que de hecho dijo la OMC, está ahora suficientemente claro en su informe final:
„h "[T]odos los contratos [de Ayuda al Lanzamiento] cuestionados pueden ser considerados préstamos sin garantía concedidos a Airbus con plazos de amortización diferidos y cuyo pago está sujeto al éxito de dichos contratos, a tasas de interés mas bajas que las del mercado," Párra 7.526, y "cada uno . . . implica una transferencia especial de fondos a tasas de interés mas bajas que las del mercado a una empresa en particular, Airbus." Párra 7.498.
„h "[L]legamos a la conclusión de que Estados Unidos ha establecido que cada una de las medidas [Ayuda al Lanzamiento] cuestionadas constituye una subvención específica." Párra 8.1.
„h – 2 –
„h "[L]a CE y los gobiernos de Francia, Alemania, España y el Reino Unido han causado, a través de la utilización de subvenciones especificas, perjuicio grave a los intereses de los Estados Unidos." Párra 7.2026.
„h Además, "[l]os contratos de A380 hechos por Alemania, España y el Reino Unido representan subvenciones de exportación prohibidas como establece el Articulo 3.1(a) y la nota 4 del Acuerdo SCM." Párra 7.690.
„h "[La Ayuda al Lanzamiento] transfiere el riesgo de Airbus a los gobiernos." Párra 7.1899.
„h Si Airbus hubiera "lanz{ado} estos aviones dependiendo solamente de la financiación del mercado, el aumento en el nivel de deuda acumulada por Airbus a través de los años hubiera sido masiva." Párra 7.1949.
„h "[L]os cálculos [de las subvenciones] de la CE subestiman ampliamente su magnitud." Párra 7.1972.ƒx
„h "[E]l cálculo de la CE subestima en gran medida la cantidad del beneficio asociado a las subvenciones específicas que hemos determinado han sido proporcionadas en relación a los grandes aeronaves civiles de Airbus, que en nuestra opinión es sustancial y significativo." Párra 7.1973.
„h "De ello se deduce que, incluso en el caso improbable de que Airbus hubiera logrado entrar al mercado de los grandes aeronaves civiles como un competidor sin subvenciones, estamos seguros que no hubiera logrado la presencia en el mercado que alcanzó… Párra 7.1985.
„h "La cuota de mercado de Airbus es directamente atribuible a su capacidad de vender y entregar en la CE y mercados en cuestión de terceros países, los grandes aeronaves civiles, de los que no dispondría de no ser por las subvenciones. . .". Párra 7.1986.
„h "Si Airbus hubiera conseguido entrar en la industria de los grandes aeronaves civiles sin subvenciones, seria un fabricante muy diferente, y creemos, considerablemente mas débil. . . . [L]a industria de los Estados
ƒx Véase en el párrafo 7,1867 una relación completa de "los cinco tipos de medidas" que el grupo especial determinó como subvenciones específicas ilegales que causaron efectos adversos a los intereses de EE.UU.: Ayuda al Lanzamiento, Infraestructura, Financiación de I + D; Transferencias del gobierno de acciones; e Inyecciones de capital. „h – 3 –
Unidos de grandes aeronaves civiles, al menos, . . . hubiera tenido una mayor cuota de mercado." Párra 7.1994.
„h "[T]eniendo en cuenta la naturaleza de las subvenciones prohibidas que hemos encontrado en esta disputa, se recomienda que el Miembro que subvenciona . . . las retire cuanto antes y se especifica que se debe hacer en un plazo de 90 días." Párra 8.6.
En cuanto a los argumentos de Airbus en relación a la financiación del A350 — La OMC ahora ha determinado que en todos y cada uno de los casos, la Ayuda al Lanzamiento violó los requisitos del Acuerdo Sobre Subvenciones. Airbus no puede ahora replicar la misma conducta del pasado sin violar una vez más el acuerdo. Y el USTR ha sido claro: Hará cumplir enérgicamente las reglas contra la Ayuda al Lanzamiento del A350. Los mismos documentos de EADS para sus accionistas también reconocen esta indiscutible realidad, advirtiendo a los accionistas que:
"[E]l resultado del procedimiento formal de la OMC, podría limitar el acceso a fondos de riesgo compartido para grandes proyectos … o teóricamente hacer que la Comisión Europea y los gobiernos implicados analicen las posibilidades de modificar las condiciones comerciales de fondos ya anticipados a EADS. … [N]o es posible asegurar que la financiación pública se mantenga en el futuro, debido en parte a los procedimientos anteriormente mencionados. EADS Junta General Anual, June 1, 2010 Informe de Consejo de Administración, p. 46.
http://www.eads.com/eads/spain/es/relaciones-inversores/eventos-e-informes/junta-general-anual/2010.html