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noviembre, lunes 11, 2024

Competencia abre expediente contra AENA por posibles conductas «anticompetitivas» en el sector de ‘rent a car’

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CNC
La Comisión Nacional de Competencia (CNC) ha incoado un expediente sancionador contra Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) por posibles prácticas restrictivas y "conductas anticompetitivas" de la competencia, tras las inspecciones realizadas en diversas empresas del sector del mercado de alquiler de coches sin conductor.

Esta conducta se considera como una infracción "muy grave", que podría suponer una multa de hasta el 10% del volumen de negocios total de AENA en el ejercicio inmediatamente anterior al de imposición de la multa.

En un comunicado, la CNC explicó que en el marco del expediente S/380/11 abierto el 26 de octubre de 2011 en el marco de dichas investigaciones en el sector del mercado de alquiler de coches, la Dirección de Investigación tuvo acceso a determinada información relacionada con "posibles conductas anticompetitivas" por parte de AENA.

Por ello, explica se inició, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.2 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC), una información reservada tendente a determinar y con carácter preliminar para determinar la concurrencia de circunstancias que justificasen la incoación de expediente sancionador por prácticas restrictivas de la competencia.

Como resultado de dicha información, la Dirección de Investigación ha tenido acceso a determinada información "de la que puede deducirse la existencia de indicios racionales de la comisión", por parte de AENA, de una infracción del artículo 1 de la LDC y del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Concretamente deduce intercambios de información comercial sensible de empresas de alquiler de coches sin conductor arrendatarias de espacios comerciales de AENA, que habrían sido llevados a cabo por AENA en aeropuertos del territorio nacional.

Esta conducta se considera como una infracción "muy grave", que podría suponer una multa de hasta el 10% del volumen de negocios total de AENA en el ejercicio inmediatamente anterior al de imposición de la multa.

La CNC ha abierto un plazo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por el Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia, sin que la incoación de este expediente prejuzgue la resolución final.

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