
Por otra parte, AENA recuerda a los controladores que al pertenecer a un colectivo cualificado y con funciones directas relativas a la seguridad del tráfico aéreo, según artículos de su propio Convenio Colectivo, la Ley de Seguridad Aérea, y el RD 1516/2009, es decir una pequeña y proporcionada reprimenda recordatorio, se deben abstener de realizar actuaciones como la de su despedida cantada. Un recordatorio sobre lo que se debe o no hacer en sus posiciones de trabajo, tambien proporcionado, durante la prestación del servicio y la prohibición expresa de "utilizar todo tipo de aparato o dispositivo, eléctrónico o no, que de cualquier forma pueda distraer la atención del bien jurídico protegido, como es, la seguridad aérea". Resumiendo, que no se debe utilizar la guitarra o la voz simplemente, entre otros tipos de aparatos cuando estén en frecuencia.






