Madrid, 6 de mayo de 2011.- Ante el cruce de declaraciones aparecido en este medio de comunicación a lo largo del último mes, el Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas quiere aclarar la que ha sido su posición histórica con respecto al límite anual de horas laborables para el sector de helicópteros y trabajos aéreos. La Directiva Europea 79/2000 y el R.D.294/2004 establecen en 2.000 horas el límite anual que deben tener los trabajadores del sector de helicópteros y trabajos aéreos.
A estas normas se remite SEPLA a la hora de exigir un máximo para los pilotos del sector. No hay que olvidar que SEPLA representa a la mayoría de los pilotos que trabajan en el sector de helicópteros y trabajos aéreos, a pesar de lo cual el Convenio Sectorial actualmente en vigor se firmó sin que el Sindicato de Pilotos hubiera formado parte de la mesa negociadora.
Este I Convenio, debido a la ambigüedad a la hora de definir lo que supone tiempo de trabajo, permite extender hasta 2.250 horas anuales -y hasta 2.440 mediante extensiones especiales- el límite de actividad, superando con creces el máximo permitido a los pilotos de líneas aéreas, e incluso lo determinado por el Estatuto de los Trabajadores. Es por ello que SEPLA ha reivindicado desde el principio el respeto a la directiva europea, llevando el asunto a la Audiencia Nacional, que dio la razón al sindicato en el año 2007, aunque el posterior recurso de AECA a dicha sentencia volvió a dar la vuelta a la situación. El Supremo anuló la sentencia de la Audiencia Nacional un año después.
Recientemente, este portal ha publicado una nota del sindicato CGT, en la que se respondía a ciertas informaciones previas sobre el actual proceso de negociación del segundo convenio sectorial de helicópteros. En dicha misiva, se acusaba a SEPLA de haber filtrado información confidencial relativa a un proceso de negociación sin que éste hubiera finalizado aún. Independientemente de la veracidad o no de dicha información, SEPLA quiere aclarar que la fuente de la misma no ha sido este Sindicato, por lo que es infundado hablar de cualquier tipo de filtración.
SEPLA considera inaceptable el decalaje propuesto para ir reduciendo paulatinamente las horas anuales de trabajo. Es a todas luces insuficiente para salvaguardar los derechos de los trabajadores, e incluso la seguridad aérea. La implementación de las 2.000 horas, a pesar de seguir siendo excesivas, es el primer paso para homologar las operaciones de helicópteros y trabajos aéreos a las de nuestros colegas europeos. Hay que recordar el vacío legal que existe en el ámbito operacional de estas operaciones, concretamente en la extinción de incendios y el salvamento marítimo. En este sentido, SEPLA está manteniendo reuniones con diferentes representantes políticos para concienciarles de la importancia de este problema, la última de las cuales se llevó a cabo ayer con importantes representantes de la Dirección General de Aviación Civil.