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marzo, jueves 28, 2024

AENA resta importancia a tener un incidente TIPO A a la semana en 2010

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Foto de la NoticiaMientras CEANITA (Comisión de Estudio y Análisis de Notificaciones de Incidentes de Tránsito Aéreo), dependiente de AESA (Agencia Española de Seguridad Aérea) tiene su último informe de incidentes "actualizado" a fecha 2008, y el SNS (Sistema de Notificación de Sucesos), a fecha 2009, AENA, casualmente reporta una nota de prensa, esta misma tarde, paniaguando los datos referidos a incidentes tipo A y B en el año 2010. Resulta curioso que recuerde en dicha nota la obligatoriedad de notificación cuando AESA publica unos datos tan obsoletos.

Según AENA, el número de incidentes aéreos tipo A y B (los de mayor severidad) notificados en 2010 se redujo un 20%, según ha informado este martes Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA), que detalló que durante el año pasado se notificaron un total de 142 incidencias de este tipo, frente a las 176 comunicadas en 2009.

Concretamente, el año pasado se notificaron 47 incidentes de tipo A –cuando la separación entre dos aeronaves es un 50% inferior a la establecida con hasta 4 millas en ruta–, lo que supone el 0,002% del total de las operaciones registradas en 2010.

El ente destacó que esta reducción en el número de notificaciones se produjo además en un contexto de incremento de las operaciones. En 2010 se produjeron 1,71 millones de movimientos en el espacio aéreo español, frente a los 1,68 millones registrados en 2009.

En lo que se refiere al primer trimestre de 2011, según datos provisionales de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), el número de notificaciones de sucesos se ha reducido un 27% respecto al mismo periodo del año pasado.

La reducción alcanza el 56% en las categorías de mayor severidad, al pasar de 43 en 2010 a 19 este año.

NOTIFICACIÓN OBLIGATORIA.

Se considera incidente tipo A aquel en el que dos aeronaves tienen una separación un 50% inferior a la establecida. En el caso de España, cuando dos aviones en ruta están separados hasta 4 millas (la separación mínima establecida es de 8 millas).

Por su parte, los incidentes tipo B son aquellos en los que la separación es entre un 50% y un 75% inferior a la mínima.

AENA recuerda que la notificación de incidentes es una obligación para cualquier operador del sector aéreo, ya que la cultura de seguridad aérea se edifica sobre el conocimiento y análisis de cualquier incidente para diseñar las correspondientes medidas correctoras.

En este sentido, el ente se congratuló de que la labor realizada por los controladores, encargados de velar por la seguridad del transporte aéreo en España, haya contribuido a la reducción en el número de incidentes notificados.

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