
En un auto al que ha tenido acceso Efe, la sección tercera del Tribunal Supremo señala que "no ha lugar a adoptar la suspensión del Real Decreto 1238/2011 de 8 de septiembre, por el que se regula el servicio de dirección en la plataforma aeroportuaria".
USCA presentó ante el Tribunal Supremo el pasado 28 de octubre un recurso contencioso administrativo contra el citado decreto pidiendo que no se aplicase porque la actuación de personal ajeno al control aéreo provocaría importantes perjuicios.
Los controladores aludían en su recurso a que la implantación de ese sistema tendría un impacto en la actividad laboral de los controladores de tránsito aéreo, y supondría una infracción de la normativa de riesgos laborales y del Convenio Colectivo.
Esta misma petición fue formulada por la Asociación de Controladores (Aprocta), el pasado 18 de octubre, que también fue desestimada por el Tribunal Supremo.
El Tribunal Supremo considera, en ambos casos, que el Real Decreto aprobado el 8 de septiembre "garantiza la operación segura de las aeronaves en sus movimientos aeroportuarios en las plataformas del aeropuerto", y añade que no hay motivos para otorgar la suspensión cautelar".
El nuevo sistema de control de rodaje de aviones por la zona de movimiento de los aviones en el aeropuerto de Madrid-Barajas comenzará a funcionar a partir de mañana.






