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PCT: El arma secreta de las administraciones en el sector de helicópteros

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Guadalajara, SP, 10 de octubre de 2015.- Los Pliegos de Condiciones Técnicas (PCT) con los que las Comunidades Autónomas, o el propio Estado en el caso del MAGRAMA, deberían ejercer de barrera para mitigar la amenaza que supone para las operaciones de incendios, rescate o HEMS, que se llevan contratando de forma extrañamente cortijera en apariencia, desde hace décadas, y de los que nadie se responsabiliza totalmente desde una perspectiva técnica (véase safety), ante el solapamiento de las competencias que muestran la impotencia de AESA para ejercer un auténtico control entre esas condiciones técnicas, y la Norma en vigor, incluído el RD 750/2014. En España hoy se ha declarado una «guerra» abierta entre operadores, todos ellos curiosamente pertenecientes a una misma Asociación (AECA), que ha sido capaz de denunciar por ejemplo la adjudicación a uno de sus miembros, la UTE HASA-AURALL, para el Servicio GES en Canarias de 5 helicópteros, dejando en una situación de indefensión laboral a los 40 trabajadores que desde hace 15 años trabajaban para el operador INAER en ese servicio, ahora adjudicado PROVISIONALMENTE a la nueva UTE. La provisionalidad es la derivada de esa denuncia de AECA.

El anterior operador (INAER) NO SE HABÍA PRESENTADO A ESE CONCURSO, supuestamente esperando que se declarara desierto quizás señalan algunas fuentes. En cualquier caso sumiendo en la incertidumbre a los casi 40 trabajadores que prestaban este servicio durante década y media. El detonante de esta guerra, antes larvada, aparentemente fue la denuncia de Hispánica de Aviación,S.A. a la adjudicación por MAGRAMA a la UTE INAER-FAASA los medios aéreos esta misma campaña, como informábamos que hizo que el servicio para el transporte de las BRIF, comenzara tarde a estar operativo (casi un mes), para luego ser readjudicado a la UTE helipolística. Pero ¿qué papel pueden jugar las CCAA y otras administraciones para cumplir con estos servicios públicos esenciales con las máximas garantías de seguridad, y mantener los puestos de trabajadores (experimentados) al cambiar el operador…? Intentaremos darles una respuesta, que ya algunos daban desde Aphytel allá por 2003.

Subrogación
 Las administraciones tienen la solución en los PCT

Según se va viendo de las noticias que van sacudiendo al sector de los helicópteros en España, todo indica que la tradicional paz entre los operadores se ha roto a la hora de presentarse a los concursos públicos para los diferentes servicios de extinción de incendios, transporte sanitario y rescate. GES Canarias cambia a HASA, incendios en Extremadura a SKY, HEMS en Cataluña en pleno debate entre TAF e INAER, Asturias, COYOTAIR, etc… Una auténtica guerra de precios, que podrían estar escondiendo otras cuestiones técnicas de fondo que AESA debería estar controlando, pero ante las que se ve limitada por el solapamiento competencial como demostró la resolución del concurso de helicópteros de MAGRAMA, en el que pese a que se reconocía la «impotencia» de ese Ministerio para el control de las Condiciones Técnicas denunciadas en las alegaciones, indicaba que desde el punto de vista administrativo todo estaba correcto en la contratación. ¿Significaba esto que también estaba garantizando que esas condiciones técnicas eran acordes con las posibilidades operativas reales? Esa línea que separa la oferta económica de la técnica, tambien es una línea que podría estar separando una operación segura de la que no lo es… Ese es el problema de fondo. No puede haber desequilibrio costes/seguridad. Cuando la línea se cruza a la baja, el otro factor, quedará descompensado.

Además también existía la habitual práctica en este tipo de concursos públicos dejarlos desiertos misteriosamente, pactadamente o no según algunas fuentes señalan, con la finalidad de que sea la administración la que finalmente «ruegue» a un operador que lo realice, al precio que éste prácticamente marque. Esto ha estado sucediendo hasta ahora.


Aunque no se puede decir a las claras todos saben del supuesto reparto que había en el sector en cuanto a respetarse zonas o servicios, este «supuesto acuerdo» sería claramente ilegal pero cabe recordar que nuestro Tribunal de la Competencia, en España, brilla por su ausencia o cuando menos inoperancia de oficio. Nunca se ha pronunciado sobre esto en este sector.

Todo apunta a que, a raíz de la actuación de alguna empresa de las grandes para comerse el servicio que realizaba una de las chicas, el «supuesto pacto» ha saltado por los aires y la guerra entre los operadores no ha hecho más que empezar.
 Había un cierto status-quo, que ha saltado hecho añicos, quizás tambien impulsado por los recientes cambios de color en algunas CCAA, y el debate de fondo de la transparencia en las adjudicaciones públicas.

Todo ello no hace más que añadir estrés a las tripulaciones que realizan estos servicios ya de por si estresantes, con el riesgo que supone esto en sí mismo, y vienen a la cabeza algunas premisas que ya se apuntaron hace unos cuantos años algunos profesionales: 
¿Qué ocurre con los empleados cuando un operador se hace cargo de un servicio público que antes realizaba otro?
¿Qué ocurre con unas tripulaciones que conocen el territorio, el servicio y que están asentados con sus familias en esa Comunidad desde hace años?
 Recordemos lo que ya publicó APYTHEL en el año 2003 en el Boletín del COPAC de enero-febrero de aquel año. Adjuntamos este artículo.

La responsabilidad de los PCT en la Seguridad en Vuelo (Escrito por el Comité de Seguridad en Vuelo de APYTHEL (2003)


Subrogación

Creemos que la subrogación de los trabajadores, los pilotos y mecánicos, generaría estabilidad laboral, con lo que se evitaría estrés a las tripulaciones y preocupaciones que acaban despistando en la función de pilotaje, por otro lado fomentaría el mayor y mejor conocimiento de las zonas de operación, el entorno, y evitaría la actual picaresca empresarial de aprovechar un piloto para ocupar varios puestos de trabajo en Comunidades Autónomas diferentes, a esto ayudaría también la exclusividad de esos trabajadores en el servicio.
Del tema de la subrogación y exclusividad solo encontramos un ejemplo que ofrecer al lector, el único salvo error, en España: «el personal estará dedicado en exclusiva a este servicio y su estructura garantizará en todo momento el exacto cumplimiento de la normativa laboral de aplicación».
Y: «El adjudicatario se subrogará en la relación contractual del personal correspondiente a las categorías profesionales de pilotos y mecánicos de la empresa anteriormente adjudicataria del servicio objeto de este contrato.» Son ejemplos del pliego del concurso de Transporte Sanitario de Baleares de 2002.
Existe ya un precedente de cómo las CCAA y otras administraciones pueden hacer frente a estos problemas para el propio servicio y para los trabajadores, con el fin de garantizar la continuidad de aquel y de los puestos de trabajo necesarios de forma casi automática.
Otro problema que nos aparece es el siguiente, la formación de incendios y rescate viene delegada por la actual normativa a los operadores, estos deben realizar los cursos que deben estar homologados y supervisados por AESA.
Los operadores realizan estos cursos pero en demasiados casos no emiten o no entregan los correspondientes certificados de los mismos a los trabajadores, tripulantes, en claro fraude de ley, AESA debería intervenir y los sindicatos también, para que sean los titulares de dichos certificados los que los tengan en su poder desde el momento en que son emitidos. AESA tiene que tener acreditada esa competencia profesional para el ejercicio de los trabajadores de esos operadores, por lo que es incomprensible que ante un cambio de operador, estos trabajadores no tengan automáticamente reconocida su competencia para la función que tienen encomendada en estas misiones.
Algo similar está sucediendo con los cursos de rescatadores, etc… en estos días respecto al GES de Canarias, cuyo operador está intentando solventar, pese a las zancadillas que los propios trabajadores están teniendo para poder acreditar su nivel de competencia para ejercer de rescatadores o gruistas, a pesar de que en lugar de ser adjudicado el servicio el pasado 31 de julio, hace escasos días lo ha sido de forma provisional, por lo que resulta muy complicado con esa adjudicación provisional acreditar todos los requerimientos, cuando el inicio del contrato adjudicado tiene fecha 1 de noviembre. Pero en este caso se trata de un operador «joven» (lleva desde 2012 en esto) que a pesar de las zancadillas, tiene muy claro que operar con las máximas garantías posibles y con todos los requisitos estrictamente cumplidos no debe ser un handicap para poder prestar dicho servicio público esencial al GES, sino que debería ser la norma, así como hacerlo con las máximas garantías posibles para los trabajadores y usuarios de dicho servicio público. Se trata en definitiva de un nuevo «estilo» entre los operadores, que los hay en España, de helicópteros.




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