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marzo, jueves 28, 2024

¿Respetan el derecho constitucional a huelga unos SSMM del 99% del personal operativo en frecuencia?

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Madrid, SP, 10 de junio de 2015.- Decía la Sra.Ministra el pasado lunes que había que hacer compatible el derecho a la movilidad de los ciudadanos con el de huelga de los controladores, que consagra nuestra Constitución. Pero no decía que la interpretación de éste Derecho Fundamental, estaba en manos de la subjetiva interpretación de ese Derecho, en forma de SSMM «Máximos». Que 9,9 de cada 10 controladores tiene el exacto significado de que sólo el 0,1% de estos ciudadanos pueden ejercer su Derecho legítimo a la huelga. Y ésto hay que mirárselo. «Por la razón o la fuerza» dice el slogan constitucional de Chile, a uno ya entrado en años, le gusta a estas alturas sustituirlo por «La fuerza de la razón» (este debate se abrió en aquel país tambien). Pero ese lema significa con meridiana precisión que la Constitución de aquel país se defiende en primer lugar por la razón, y si no hay otra opción por la fuerza. Tomar el pelo como es el caso al personal de control aéreo, cuando el origen de este conflicto es sencillamente el que se han tomado medidas de represión laboral por una empresa pública, cuando los Tribunales de Justicia, es decir, el Poder Judicial, ha ido por otros derroteros, archivando, esos mismos HECHOS PROBADOS, tambien es para mirárselo. La sensación de indefensión tras un dictámen judicial en un Estado de Derecho, es algo de tal magnitud, que el enmudecimiento de los otros colectivos, organizaciones sindicales, y compañeros, de los controladores españoles, choca al observador, cuando no han hecho ningún gesto que indique un cierto grado de firmeza ante la conculcante forma de actuar de la patronal pública en este caso. Tampoco sus compañeros en frecuencia, véase pilotos, etc… Tambien hay que mirárselo. Pero si además, como sucedía ayer, se celebraba un juicio, casualmente, contra la organización CGT (por cierto organización que se solidarizó desde el minuto 1 con los controladores españoles el 3D2010), por una huelga en 2014, que la patronal pretende fuera ilegal, y en su alegato la representación legal de AENA/ENAIRE reconocía que la demanda se interpuso «para parar la huelga», ya tenemos de nuevo una señal de que la instrumentalización de las medidas empresariales, tienden a sustituir la acción de la Justicia, y si estos dos ejemplos, señalan una tendencia, quizás habría que comenzar a preguntarse ¿quién está defendiendo nuestros derechos constitucionales, como lo es el de huelga, en estos momentos en nuestro país?… La respuesta es tan cruda, como preocupante.

USCA CONSIDERA ABUSIVOS LOS SERVICIOS MÍNIMOS DECRETADOS POR FOMENTO, QUE OBLIGAN A TRABAJAR AL 99% DE LOS CONTROLADORES QUE PRESTAN SERVICIO DE CONTROL AÉREO

.- Los servicios mínimos decretados para los paros convocados los días 8, 10, 12 y 14 de junio suponen una vulneración del derecho a la huelga de los controladores.

.- El sindicato demuestra su «responsabilidad» con el cumplimiento de los servicios mínimos y reafirma su disposición al diálogo con Enaire y con el Ministerio de Fomento para la superación de los problemas del sector.

Madrid, 10 de junio de 2015

La Unión Sindical de Controladores Aéreos (USCA) considera abusivos los servicios mínimos decretados por el Ministerio de Fomento para los paros convocados para los días 8, 10, 12 y 14 de junio, que suponen una vulneración del legítimo derecho a la huelga de los controladores.

USCA considera que no se dio oportunidad a una verdadera negociación de los servicios mínimos, acudiéndose a la fijación por el Ministerio de Fomento, que acordó exactamente los propuestos por Enaire.

El Ministerio fijó en un 70 el porcentaje de servicios mínimos de los controladores. Pero, en realidad, en la primera jornada de paros del día 8 de junio se respetó el derecho de huelga exclusivamente de los controladores que no desarrollaban actividades directamente operativas. Los servicios mínimos fijados para los controladores que prestan servicio efectivo de control aéreo fueron del 99%

El sindicato de controladores cree que los servicios mínimos impuestos vulneran el derecho fundamental de los controladores españoles a la huelga, de una manera claramente discriminatoria respecto a otros colectivos de trabajadores de servicios esenciales para la sociedad y, desde luego, respecto a nuestros compañeros del resto de Europa.

Por tal razón, USCA recurrirá la resolución del Secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda y al mismo tiempo Presidente de ENAIRE, Julio Gómez-Pomar, que fijó los servicios mínimos para los controladores de tránsito aéreo.

Los paros han sido convocados en protesta por la decisión de ENAIRE de sancionar a 61 controladores aéreos del ACC de Barcelona por el cierre del espacio aéreo en 2010. USCA considera incomprensible esta decisión, ya que las diligencias judiciales llevadas a cabo en 20 juzgados de toda España han concluido de forma contundente que no existió desobediencia ni abandono por parte de los controladores.

Además, ENAIRE se niega a readmitir al controlador del ACC de Santiago, Marco Antonio Enríquez, despedido por AENA por los sucesos de 2010, que, según auto judicial, «están basados en hechos irreales». El sindicato considera inadmisible que ENAIRE siga negándose a readmitir al controlador despedido hace ya 4 años, una vez que los tribunales penales han desmontado los argumentos en que la empresa fundamentaba su decisión de despedirlo.

Ante el llamamiento de la Ministra de Fomento, Ana Pastor, a la «responsabilidad de los controladores», USCA quiere resaltar el cumplimiento estricto de los servicios mínimos impuestos, a pesar de considerarlos abusivos y la disposición de USCA al diálogo con ENAIRE para llegar a acuerdos que pongan fin a los paros y permita normalizar el control aéreo en España.

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