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abril, viernes 19, 2024

Sentencia: Las dietas «NO SON SALARIO» en Iberia

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Madrid, SP.- La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha desestimado el Recurso que la compañía Iberia perteneciente al Grupo de capital mayoritariamente británico IAG (Zona Brexit), había interpuesto por una anterior Sentencia en la que a los trabajadores de STAVLA se les daba la razón. El Alto Tribunal deja claro que tanto las dietas como la indemnización por transporte NO SON SALARIO, y no debieron nunca verse afectadas por la rebaja salarial, algo que algunos sindicatos «corrieron a firmar en 2014 en Convenio» señala el sindicato de TCPs de la compañía.

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STAVLA lanzaba hace unas horas la siguiente carta dirigida a sus afiliados a la que AD ha tenido acceso:

DIETAS NO SON SALARIO
DESESTIMADO EL RECURSO DE IBERIA

Estimados Afiliados:

HEMOS VUELTO A GANAR!!! La empresa tendrá que pagarnos lo que NO quiso pagar tras la primera sentencia de 2013 y …con intereses!!!

Nos alegra comunicaros que la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso que la compañía interpuso frente a la anterior sentencia en la que ya se nos daba la razón: las dietas y la indemnización por transporte NO son salario y NO debieron nunca verse afectadas por la rebaja salarial.

En estos enlaces podeís acceder a nuestros comunicados respecto de este asunto.

Mayo 2013: Rebaja en las dietas
Diciembre 2013: Juicio Dietas AN
Junio 2015: Especial Dietas y Transporte

Para ejecutar la Sentencia debemos esperar a que los los autos lleguen a la Audiencia Nacional (en aproximadamente un mes). Stavla instará la ejecución de sentencia en nombre de sus afiliados: En el próximo Informe Semanal os concretaremos cómo lo llevaremos a cabo y qué documentación debéis aportamos para calcular lo que cobrareis cada uno.

Aquellos que corrieron en 2014 a firmar en Convenio la reducción salarial para las dietas y la indemnización por renuncia a recogida, aquellos que sacaron pechito para afirmar y confirmar en sus comunicados que las dietas son salario y estaba muy acertada la empresa al quitarnos el porcentaje que ellos pactaron, aquellos que no sólo NO defendieron nuestros ingresos en Convenio NI reclamaron judicialmente lo NO pagado, TODOS esos deberán justificarse ahora ante sus afiliados y ante todos los TCP. Y, desde luego, explicarles y explicarnos cómo realizarán una pirueta de incoherencia , otra más, para reclamar que se les paguen a los TCP NO afiliados a STAVLA lo que según ellos, estaba muy bien descontado y era un desatino de este sindicato insistir en la vía legal para denunciarlo. Tendrán la desfachatez de exigir el pago de aquello que tan alegremente regalaron? O tendrán la desfachatez de inventar un nuevo discurso maquiavelicamente torticero para no hacerlo?

Con esta sentencia se abre, de nuevo, la vía de impugnación del Convenio Colectivo: dietas NO son salario. Retomamos esta vía y continuamos trabajando, como siempre hemos hecho, como siempre hacemos y como siempre haremos, en la defensa de los derechos de los TCP.

 

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