
USCA considera inadmisible la negativa de ENAIRE a la búsqueda de una solución acordada para la readmisión del controlador Marco Antonio Enríquez, del TACC de Santiago, después de que el tribunal de instrucción encargado de la causa penal resolviera que eran falsos los argumentos en que la empresa fundamentó su decisión de despedirlo.
De igual modo, USCA considera incomprensible la decisión de ENAIRE de mantener las sanciones a 61 controladores del ACC de Barcelona después de que el juzgado de instrucción encargado de las diligencias penales determinara la ausencia de responsabilidad de los sancionados y de que los procesos penales abiertos en 20 juzgados de toda España concluyeran de forma contundente que no existió desobediencia ni abandono por parte de los controladores en los acontecimientos juzgados.
En protesta por estos hechos, USCA convocó cuatro jornadas de paros los días 8, 10, 12 y 14 de junio, que fueron secundadas masivamente por los controladores a los que no se impusieron los servicios mínimos que decretó el Ministerio de Fomento.
A pesar de las afirmaciones realizadas por la Ministra de Fomento, Ana Pastor, en las jornadas previas a los paros resultó evidente la ausencia de verdadera voluntad de diálogo por parte del ente público. Este hecho hizo imposible un acuerdo que permitiera desconvocarlos.
La Unión Sindical de Controladores Aéreos reitera su disposición a seguir negociando durante los próximos días para poder llegar a una solución que permita dejar sin efecto los paros ahora convocados.
A tal fin, solicitará la participación directa del Ministerio de Fomento en el proceso de diálogo que se pretende abrir con la convocatoria de los paros, dado que ningún representante político con capacidad para suscribir acuerdos participó en las reuniones mantenidas con la representación sindical en la anterior convocatoria.
El Ministerio de Fomento afirmó que había fijado en un 70% el porcentaje de servicios mínimos de los controladores durante la anterior convocatoria de huelga. Sin embargo, la forma en que se distribuyeron, supuso que sólo se respetara el derecho a la huelga de los controladores que no desarrollaban actividades directamente operativas. Los servicios mínimos asignados a los trabajadores que prestaban servicio efectivo de control aéreo fueron, en realidad, del 99%.
A juicio de USCA, esos servicios mínimos vulneraron el derecho fundamental de los controladores españoles a la huelga, de una manera claramente discriminatoria respecto a otros trabajadores de servicios esenciales en España y, sin duda, respecto al colectivo de controladores de otros países de la Unión Europea.
Por esta razón, USCA impugnó ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional la Resolución del Presidente de ENAIRE y Secretario de Estado de Transportes, Julio Gómez-Pomar, en la que se imponían esos servicios mínimos.






