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septiembre, domingo 24, 2023

AENA: Los bienes públicos, no deben ser vendidos o privatizados

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(SB/Juan Fco.Ramírez) SP, 24 de abril de 2015. España, tras la desaparición del régimen franquista (1976), y recién instaurado el sistema político actual, bajo la forma de Monarquía parlamentaria (Art. 1.3 de la Constitución Española de 1978); ha venido produciéndose la venta de patrimonio público, cientos de empresas y bienes de dominio público, han pasado a manos privadas, ya sea mediante el eufemismo de los denominados contratos de externalización de la gestión, o mediante la venta directa de los bienes y recursos públicos, incluso de carácter esencial (agua, luz, etc.). Es decir, se ha materializado aquella sabia y popular paremia del «Pan de hoy, hambre de mañana».

Según datos ofrecidos por la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), se han vendido más de cien empresas públicas españolas, que han pasado a manos de empresarios privados; algunos casos, la venta ha resultado claramente nefasta; baste citar a título de ejemplo, el triste resultado de la venta de Viajes Marsans – Siendo el Sr. Díaz Ferrán, beneficiado de la adquisición de dicha empresa pública, la cual hundiría posteriormente. De hecho, actualmente se encuentra cumpliendo condena en prisión. Lo más alarmante y preocupante, resulta el caso de los denominados bienes esenciales (Sanidad pública, agua, electricidad, comunicaciones, educación, transportes, etc.).

Conviene recordar que los bienes de dominio público y los comunales no deberían salir de la esfera del control de las administraciones públicas; ello, de conformidad a lo establecido en el artículo 132 de la Constitución Española, a continuación transcrito:
1. La ley regulará el régimen jurídico de los bienes de dominio público y de los comunales, inspirándose en los principios de inalienabilidad, imprescriptibilidad e inembargabilidad, así como su desafectación.
2. Son bienes de dominio público estatal los que determine la ley y, en todo caso, la zona marítimo-terrestre, las playas, el mar territorial y los recursos naturales de la zona económica y la plataforma continental.
3. Por ley se regularán el Patrimonio del Estado y el Patrimonio Nacional, su administración, defensa y conservación.

Asimismo; debemos tener presente lo establecido en la siguiente regulación estatal:
a) Ley 33/2003, de 03 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas; destacando los artículos 6 y 30 de dicho texto legal. (BOE 264, de 04 de noviembre de 2003)
b) Real Decreto 1479/1988, de 9 de diciembre, por el que se establecen las normas para garantizar el mantenimiento de los servicios esenciales en la Administración del Estado (BOE 296, de 10 de diciembre de 1988).

De acuerdo a un informe facilitado por la (SEPI), se han llevado a cabo la privatización de 120 compañías en las que el Estado tenía participación pública: http://www.sepi.es/

Respecto al tema de los aeropuertos, baste recordar la huelga de controladores aéreos, colectivo que llevó a cabo una protesta en el año 2010, y por lo que el Gobierno del momento declararía el estado de alarma, decidiendo intervenir, militarmente, las instalaciones a fin de garantizar el funcionamiento de un servicio considerado de carácter esencial. Siendo procesados 121 controladores aéreos en abril de 2014 (véase la noticia en diferentes medios de comunicación expuesta en Internet). Por tanto, vemos que no es baladí la cuestión de poner en manos de empresas privadas la gestión de Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) que, por otro lado, se ha construido con los fondos públicos del erario español; que por cierto, han venido rindiendo buenos beneficios a las arcas del Estado ¿Acaso un empresario invertiría su dinero en una actividad que generará perdidas? La respuesta parece obvia.

Recientemente, le ha tocado el turno a la empresa AENA, la cual ha pasado a manos del capital privado; en concreto, en lo tocante a los aeropuertos de las islas Canarias, el Tribunal Supremo ha dicho que no prospera la petición realizada por el Gobierno de Canarias, pues ya se había efectuado la venta pública de acciones del 49% del capital de AENA (…)

Sin entrar a cuestionar la decisión del TS (jurídica); sin embargo, no podemos obviar que los temas relacionados con el patrimonio público, por tanto afectos al común de los ciudadanos de este País, es una cuestión política más que jurídica. Por tanto, siendo cierto que las decisiones judiciales hay que acatarlas y respetarlas; no es menos cierto que, en un Estado de democrático, debemos y podemos cuestionarlas de manera respetuosa. Por ello, cabe preguntarse ¿A la hora de tomar una decisión que afecta a los intereses del conjunto de la ciudadanía de un País, no debiera ponderarse sí tal decisión va a causar mayor perjuicio que el beneficio que pudiere reportar con la misma; es decir, no ha de primar el bien general sobre los intereses de un grupo en particular, por más lícitos que aquellos fuesen?

Conclusión. Desde el instante que un Estado, comienza a perder patrimonio público, de la manera que sea, empieza la pérdida de su propia soberanía, pues no debemos olvidar que, con la aceptación de las reglas impuestas, por el neoliberalismo iniciado con la llegada al poder de la primera ministra del Gobierno Británico doña Margaret Hilda Thatcher (1979–1990), y la de su homologo de Estados Unidos de Norte América, Ronald Wilson Reagan (1981–1989).

A finales de la década de los 70, del siglo XX, se puso en marcha la ejecución del declive de la propia configuración de los estados nación, tal como estaban constituidos hasta entonces; siendo que, a la fecha actual, se encuentran en un proceso de descomposición o desmantelamiento, planificado, hasta convertirles en dependientes de complejos entramados financieros. En fin, la dichosa globalización ha venido a traer pobreza y miseria para el conjunto de los países que acatan los dictados exigidos por organismos que no son elegidos por los ciudadanos; de tal manera, asistimos al esperpento de ver como una agencia –privada- de calificación, se arroga el poder de hundir a todo un país, simplemente dictando, en más de las veces deseadas, informes sin rigor sobre la estabilidad económica. Siendo las grandes corporaciones multinacionales del capital y del mundo de las finanzas las que dictan las normas de manera directa o indirecta, utilizando los denominados «lobbies de presión»; cuando no otras injerencias de mayor y más cruel calado (Véase el libro de John Perkins, «La Historia Secreta del Imperio Americano», Ediciones Urano, SA, Barcelona 2009).

Actualmente, se encuentra en trámite de negociaciones secretas, la aprobación de un Tratado de Libre Comercio entre la Unión Europea y Estados Unidos (TTIP, por sus siglas en inglés); de aprobarse supondría el fin de la soberanía económica y política de los estados-nación; pues, con dicho tratado se pretende, presuntamente, si nada lo evita, que los bienes públicos pasen a ser gestionados o vendidos a empresas transnacionales de capitales privados; descapitalizando a los estados y, por consiguiente, desmantelando el estado de bienestar social alcanzado tras diversos e innumerables padecimientos de los ciudadanos a lo largo de la historia, para lograr apenas unos pocos derechos sociales; los cuales, hoy, se encuentran seriamente amenazados.

Como ya advertía, hace más de dos siglos y medio, la mente plecara de Jean Jaques ROUSSEAU, en su obra «El Contrato Social» (1769) «Nada es tan peligroso como la influencia de los intereses privados en los negocios públicos, pues hasta el abuso de las leyes por parte del gobierno es menos nocivo que la corrupción del legislador, consecuencia fatal de intereses particulares…» – ROUSSEAU, Jean Jaques, «El Contrato Social» Ediciones Sarpe (Colección: Los grandes pensadores – tomo 2); Madrid1983, (pág. 109 in fine).

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