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La conectividad aérea interinsular, una herida abierta

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Santa Cruz de Tenerife, SP, 8 de junio de 2015.- … que no se cura sola. Antes bien, empeora si no se le pone remedio y hasta puede infectarse peligrosamente. Los últimos acontecimientos remueven inquietudes adormecidas por el efecto placebo de declaraciones interesadas que tratan de acunar la resignación colectiva de quienes, por nuestra situación insular, sufrimos la carestía de un transporte que nos inmoviliza y nos bloquea ante un derecho supuestamente protegido como servicio público.

Sería redundante insistir en la discriminación que suponen nuestras carencias de desplazamiento en relación con la Península. Pero la alternativa al ferrocarril convencional, a la red de AVE, a las carreteras y autopistas que permiten viajar sin problema de una provincia a otra, aquí entre islas solo es válida la OSP: Obligación de Servicio Público, aplicada al medio aéreo según la normativa europea.

Dicha regulación comunitaria contempla ciertas medidas de protección para los derechos ciudadanos cuando la gestión empresarial, aplicada a un servicio público, no cubre parte de las necesidades mínimas exigibles que, referidas al transporte aéreo, son condiciones de seguridad, regularidad, continuidad, calidad y precio razonable.

El único argumento aplicado por las autoridades para justificar su cobertura a la O.S.P. son las subvenciones, ya sea como descuentos a residentes o bien bonificaciones a las aerolíneas bajo unas estrictas condiciones que eviten la picaresca empresarial y cualquier abuso a costa de los usuarios.

En virtud de la realidad que estamos sufriendo, no parece que aquí se cumpla con la limpieza pretendida el objetivo requerido.

En sentencia del TSJM se condena a la extinta Islas Airways por fraude, cuyo propietario ha recurrido al TS por las presuntas irregularidades en un proceso auspiciado por denuncia de la compañía competidora, ante una supuesta sobrefacturación de billetes, que afectaba a las subvenciones por residencia.

Cualquier resultado definitivo supone un grave perjuicio para la población insular; pues tanto si triunfa la presunción de inocencia como si se confirma la sentencia, es hecho incuestionable que con el cierre en su día de Islas Airways, desapareció la competencia entre operadores y por ende, el control de precios y ofertas en favor del usuario.

La gran beneficiada, en el plano material, es la compañía denunciante que consolidada su condición de monopolio. Lo que le ha permitido triplicar unilateralmente, y sin restricciones oficiales, el precio de los pasajes libres de competencia. Si además, la subvención anual del Estado por este concepto, en 2011/2012, era de 250 millones de EUR, en un mercado de varias empresas, ¿cómo puede explicarse que actualmente, dicha aportación sea de 500 millones al año asignados a una sola compañía? ¿Dónde va a parar semejante fortuna?

El éxito financiero del monopolio no parece compatible con los intereses básicos de una población que sufre los efectos de una operación abusiva. Su historial de gestión, desde los tiempos de la privilegiada compra que se negoció con Iberia, siempre ha ido encaminado a priorizar su poder económico. Así, se procedió a externalizar actividad a compañías de bajo coste: Naysa y Canair, a las que se trasvasó gratuitamente la flota de aviones mediante el artificio legaloide de un entramado de hasta diecisiete sociedades vinculadas que, en un alarde de ingeniería financiera, vació de contenido a la empresa matriz, para así poder justificar pérdidas que permitieran un ERE. Mientras, los beneficios masivos se obtenían de las «bajo coste», que terminaron como propiedad del monopolio. La empresa matriz solo conserva un avión… para mantener la marca.

Se despidió al personal experto que por la antigüedad y con su convenio colectivo le parecía caro al empresario, a pesar de la calidad de una operación que, además, proporcionaba pingües beneficios. Pero se imponía la filosofía de abaratar costes a cualquier precio, incluida una mano de obra barata.

La reforma laboral fue el punto de apoyo válido para acometer tan rentable desafuero.

La Dirección General de Transportes del Gobierno de Canarias ha adolecido de una pasividad al respecto que pudiera ser sospechosa de connivencia. Para erradicar juicios temerarios es imprescindible que, en virtud de las competencias de dicho organismo y de las funciones que le son inherentes, se tomen las medidas pertinentes para corregir la indefensión de una población damnificada por unos hechos flagrantemente abusivos.

La herida abierta requiere cura de urgencia, !con antibióticos! No basta con una tirita.

07/06/2015 www.elrincondelbonzo.blogspot.com

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