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septiembre, lunes 25, 2023

Visto para Sentencia en Palma el caso del CPO expedientado por notificar a AESA

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Palma de Mallorca, SP, 6 de abril de 2016.- Con fecha 5 de abril de 2016, se ha celebrado en los juzgados de lo social de la ciudad de Palma de Mallorca el juicio por la demanda, presentada hace más de dos años, por un Coordinador de Operaciones (CPO) del aeropuerto de Palma, ante la incoación por parte de Aena de un expediente disciplinario. Recordamos que Aena le incoó el expediente, por su actuación en cuanto a la asignación y organización del tiempo de trabajo de los Técnicos de Operaciones a su cargo, durante la emergencia de una aeronave militar, el pasado 18 de junio de 2013. Aunque, en el fondo de la cuestión, subyace el hecho de que el CPO notificara el suceso ante la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).

En el juicio se ha tratado de dilucidar si el expediente disciplinario cumplía o no con los plazos de notificación marcados por la ley, que si se habían cumplido ese día, o no, los mínimos de plantilla establecidos, o que si se habían, o no, organizado bien los tiempos de trabajo y descanso.

Que si la culpa de todo la tenía el Plan Social de Desvinculaciones Voluntarias (PSDV) de Aena, que con su firma había derogado (aparte de haber dejado a Aena con más de 1.000 trabajadores menos) todos aquellos acuerdos locales y actas de desconvocatoria de huelga precedentes que hicieran mención a establecimiento de mínimos de plantilla (¿?).

O que si el expediente era, o no era, por notificar un suceso ante AESA, o que si había o no había que haber notificado el suceso ante AESA, o que si debía o no debía el CPO haberlo notificado, etc, etc.

En fin, como bien dijo la Sra. Jueza escuchadas las dos partes, visto para Sentencia, aunque ahora cabe volver a recordar la «Just culture» y aquello de que no deben existir represalias, contra las personas físicas que denuncien cualquier circunstancia que atente contra la Seguridad Operacional de un aeropuerto.

Esperaremos a la Sentencia.

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