spot_img
9.3 C
Madrid
marzo, jueves 28, 2024

AENA no indemnizará a los afectados por el cierre del espacio aéreo de 2010

Nuestros monográficos

- Publicidad -spot_img

Madrid, SP, 17 de abril de 2013.- La Audiencia Nacional ha emitido hoy la sentencia respecto al caos aéreo vivido en el puente de diciembre de 2010. Según este tribunal, Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) no tendrá que indemnizar a los pasajeros que sufrieron dicho caos porque considera que el cierre del espacio aéreo se produjo por causas de fuerza mayor y fue una situación "imprevisible, grave e insuperable".

La responsabilidad del Estado, a través de AENA, por el cierre del espacio aéreo en el puente de la Constitución de 2010 ha sido rechaza por la Audiencia Nacional.


Se trata de una resolución definitiva sobre la que no cabe recurso emitida por la sección octava de la sala de lo Contencioso-Administrativo. En ella se omite la responsabilidad de AENA porque considera que actuó en aras de la seguridad aérea "en garantía de la vida e integridad" de terceros.

La resolución afecta a más de 7.000 demandas tramitadas en los doce Juzgados Centrales de lo Contencioso porque desestima el recurso de una agencia de viajes contra la resolución respecto al mismo tema que ya cada uno de ellos había dictado.

Según el Tribunal "el hecho de que los controladores se pusieran de acuerdo para abandonar sus puestos de trabajo, denominado huelga salvaje", excluye la responsabilidad de AENA, que se vio "ante una situación imprevisible, insuperable e irresistible a corto y medio plazo".

Esta situación provocó el cierre del espacio aéreo y la adopción de medidas extraordinarias por parte del Gobierno, como la declaración del Estado de alarma y el sometimiento de un colectivo de trabajadores a las órdenes y dictámenes militares, situación nunca vista en tiempos democráticos.
- Publicidad -spot_img

Más artículos

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Todos los canales

Últimos artículos