Madrid, SP, 17 de abril de 2013.- La Audiencia Nacional ha emitido hoy la sentencia respecto al caos aéreo vivido en el puente de diciembre de 2010. Según este tribunal, Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) no tendrá que indemnizar a los pasajeros que sufrieron dicho caos porque considera que el cierre del espacio aéreo se produjo por causas de fuerza mayor y fue una situación "imprevisible, grave e insuperable".
La responsabilidad del Estado, a través de AENA, por el cierre del espacio aéreo en el puente de la Constitución de 2010 ha sido rechaza por la Audiencia Nacional.
Se trata de una resolución definitiva sobre la que no cabe recurso emitida por la sección octava de la sala de lo Contencioso-Administrativo. En ella se omite la responsabilidad de AENA porque considera que actuó en aras de la seguridad aérea "en garantía de la vida e integridad" de terceros.