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septiembre, martes 26, 2023

Los negociadores del convenio colectivo de los controladores aéreos firman un documento conjunto para garantizar la paz social durante el proceso de negociación

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Las partes negociadoras del II Convenio Colectivo de los Controladores de Tráfico Aéreo han acordado firmar un documento conjunto dirigido a la dirección de AENA y al propio colectivo de los controladores de circulación aérea para articular un proceso de negociación posible, independiente de los desacuerdos surgidos y que garantice el servicio y la paz social.

Ambas partes consideran que la solución definitiva a cuantas cuestiones

puedan plantearse con referencia a las condiciones de trabajo, deben

abordarse en el marco de la negociación colectiva

Madrid, 17 de marzo de 2010.-

El documento, que no cuestiona "el poder de dirección que corresponde a AENA",

recomienda que, en tanto en cuanto se negocia el Convenio Colectivo, sería necesario establecer un Régimen Transitorio que debería contemplar diferentes aspectos entre los que se destacan:

  • "Como principal valor el mantener la seguridad y continuidad del tráfico

aéreo y de las personas, que no deben ponerse en riesgo, directa o

indirectamente, en ningún supuesto y bajo ningún concepto".

  • Reconocimiento de que todos los puestos de control aéreo deben cubrirse

con plenas garantías de capacitación y acreditación profesional.

  • Adecuar a criterios de efectividad y razonabilidad la organización de turnos

de trabajo, horarios, descansos, programaciones y vacaciones, respetando

los descansos mínimos entre jornadas.

  • La regulación del régimen salarial, hasta su regulación definitiva, que se

establecerá en la negociación colectiva que se está llevando a cabo.

En la declaración conjunta de la Comisión Negociadora se reconoce la necesidad del

mantenimiento de la paz social durante el proceso de negociación del Convenio Colectivo y para ello recomiendan la normalización de las relaciones laborales "que deben enmarcarse en un clima de diálogo y consenso en la aplicación de las medidas transitorias introducidas por el RDL 1/2010".

Igualmente, la Comisión Negociadora recuerda que existen mecanismos propios y

adecuados para llevar a cabo una gestión empresarial eficaz, así como para resolver las discrepancias que pudieran surgir en la aplicación de los mismos.

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