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marzo, viernes 29, 2024

La CE recomienda el levantamiento parcial y gradual de las restricciones de viaje a la UE

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Comisión Europea, Bruselas.- La Comisión recomienda hoy a los Estados miembros y a los Estados asociados de Schengen que supriman los controles en las fronteras interiores antes del 15 de junio de 2020 y que prolonguen la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE hasta el 30 de junio de 2020.

Dado que la situación sanitaria en determinados terceros países sigue siendo crítica, la Comisión no propone por el momento una supresión general de la restricción de los viajes. La restricción debería levantarse en el caso de los países seleccionados conjuntamente por los Estados Miembros, sobre la base de un conjunto de principios y criterios objetivos que incluyan la situación sanitaria, la capacidad de aplicar medidas de contención durante los viajes y consideraciones de reciprocidad, teniendo en cuenta los datos de fuentes pertinentes como el CEPCE y la OMS.

En cuanto a los países hacia los que se mantiene la restricción, la Comisión propone ampliar las categorías de viajeros permitidos para incluir, por ejemplo, a los estudiantes internacionales. La Comisión también está impartiendo orientación a los Estados Miembros para garantizar que la reanudación de las operaciones de concesión de visados en el extranjero se coordine bien con la eliminación gradual de las restricciones de viaje.

La Comisionada de Asuntos Internos, Ylva Johansson, dijo: «Tras el levantamiento de todos los controles en las fronteras interiores de la Unión, proponemos un enfoque claro y flexible para eliminar las restricciones de viaje a la UE a partir del 1 de julio. Los viajes internacionales son fundamentales para el turismo y los negocios, y para que la familia y los amigos se reconecten. Aunque todos tendremos que ser cuidadosos, ha llegado el momento de hacer preparativos concretos para levantar las restricciones con países cuya situación sanitaria es similar a la de la UE y para reanudar las operaciones de visado«.

Eliminar gradualmente las restricciones para viajar a la UE

Las acciones en las fronteras exteriores de la UE deben ser coordinadas y uniformes para ser efectivas. Dado que los viajeros que entran en la UE pueden circular libremente de un país a otro, es fundamental que los Estados miembros coordinen sus decisiones sobre el levantamiento de las restricciones de viaje. Por ello, los Estados miembros deben acordar una lista común de países no pertenecientes a la UE para los que se puedan levantar las restricciones de viaje a partir del 1º de julio, que se revisará periódicamente. Con este fin, la Comisión propone:

Criterios objetivos: La decisión de levantar las restricciones para un país determinado debe basarse en la situación epidemiológica y la respuesta al coronavirus en ese país, la capacidad de aplicar medidas de contención durante el viaje y si ese país ha levantado o no las restricciones de viaje hacia la UE. Las restricciones deben levantarse primero con los países cuya situación epidemiológica sea similar a la media de la UE y en los que exista capacidad suficiente para hacer frente al virus. Las restricciones deben mantenerse en los países cuya situación es peor que la de la UE. La Comisión propone una lista de control detallada para ayudar a los Estados miembros a llegar a una evaluación común. Las decisiones sobre el levantamiento de las restricciones de viaje se referirían a los nacionales de países no pertenecientes a la UE que residen en un país determinado (no a sus nacionales).

Enfoque común y coordinado: La Comisión propone un mecanismo de coordinación mediante el cual apoyaría a los Estados miembros y a los Estados asociados de Schengen a nivel técnico y facilitaría la preparación de una lista de países para los que podrían levantarse las restricciones de viaje. Las decisiones sobre el levantamiento de las restricciones deberían entonces prepararse con los Estados miembros en el marco del mecanismo integrado de respuesta a las crisis políticas de la UE. Los Estados miembros deberían adoptar esas decisiones de manera coordinada y asegurar su aplicación uniforme en toda la UE. Se tratará de un proceso dinámico y el mecanismo integrado de respuesta a las crisis políticas deberá coordinar las nuevas actualizaciones.

Flexibilidad: Será posible reintroducir restricciones de viaje para un país específico si ya no se cumplen los criterios. Además, los Estados miembros podrán seguir denegando la entrada a un viajero no perteneciente a la UE que represente una amenaza para la salud pública, incluso si procede de un país para el que se hayan levantado las restricciones.

De conformidad con la lista de verificación propuesta, la Comisión también recomienda que se levanten las restricciones de viaje para Albania, Bosnia y Herzegovina, Kosovo, Montenegro, Macedonia septentrional y Serbia a partir del 1º de julio, dado que su situación epidemiológica es similar o mejor que la de la UE. Esto también es consecuencia de la disposición de la Comisión a asociar estrechamente la región de los Balcanes occidentales a la aplicación de la hoja de ruta para levantar las medidas de contención.

En los casos en que sigan aplicándose las restricciones a los viajes, los Estados Miembros deberán velar por que quienes viajen para estudiar estén exentos, junto con los trabajadores altamente calificados de fuera de la UE si su empleo es necesario desde el punto de vista económico y el trabajo no puede aplazarse o realizarse en el extranjero. Los ciudadanos de la UE y los ciudadanos de los Estados asociados de Schengen y los nacionales de países no pertenecientes a la UE que residen legalmente en la UE, así como sus familiares, también deberían estar exentos de la restricción de viaje, independientemente de que regresen o no a su país, como ocurría hasta ahora.

En la hoja de ruta sobre el levantamiento de las medidas de contención presentada el 15 de abril, la Comisión indicó que las restricciones de viaje dentro de la UE tendrían que empezar a levantarse gradualmente antes de que las restricciones en las fronteras exteriores puedan relajarse en una segunda etapa. Esto ya está muy avanzado, pues varios Estados miembros ya han levantado las restricciones dentro de la UE y otros prevén hacerlo a partir del 15 de junio de 2020. La Comisión alienta encarecidamente a los Estados miembros restantes a que concluyan el proceso de eliminación de las restricciones a la libre circulación y de levantamiento de los controles en las fronteras internas de la UE antes del 15 de junio de 2020.

Reanudación de las operaciones de visado

La mayoría de los Estados Miembros decidieron suspender o reducir la tramitación de las solicitudes de visado como parte de las medidas relacionadas con la pandemia. Los viajeros deberán poder acceder nuevamente a los servicios de visado y los Estados Miembros deberán sincronizar la reanudación de las operaciones de visado con el levantamiento de las restricciones de viaje. Por ello, la Comisión presenta hoy orientaciones para el restablecimiento gradual y coordinado de las operaciones de concesión de visados.

La mejor manera de lograr un enfoque armonizado es que los consulados reanuden simultáneamente las operaciones en cada lugar y que se apliquen plenamente las normas de la UE en materia de visados, junto con una buena comunicación con el público. La orientación también abarca las medidas de higiene y las precauciones para recibir a los solicitantes de visados.

Por último, si un Estado miembro requiere controles sanitarios, éstos deben realizarse en el momento del viaje o poco antes, en lugar de cuando se solicita un visado; y deben aplicarse a todos los viajeros de un lugar determinado, independientemente de su nacionalidad o situación en materia de visados.

Para más información:

Comunicación sobre la tercera evaluación de la aplicación de la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE, 11 de junio de 2020

Lista de verificación que se utilizará para el posible levantamiento de la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE, 11 de junio de 2020

Orientación para la reanudación gradual y coordinada de las operaciones de visado, 11 de junio de 2020

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