ESPAÑA PONE EN SERIO RIESGO LA SEGURIDAD DE LAS OPERACIONES AÉREAS EN EL CIELO UNICO EUROPEO AL RECONOCER QUE VIOLA LA NORMATIVA EUROPEA
ESCRITO enviado A TÍTULO INDIVIDUAL POR MILES DE CONTROLADORES ESPAÑOLES durante el fin de semana.
Ms. Erminia Mazzoni –Presidenta de la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo–
Mr. C. Constantinou, -Director del departamento de salud laboral y prevención de riesgos, CE–
ESPAÑA PONE EN SERIO RIESGO LA SEGURIDAD DE LAS OPERACIONES AÉREAS EN EL CIELO UNICO EUROPEO AL RECONOCER QUE VIOLA LA NORMATIVA EUROPEA
Estimados miembros del Parlamento y de la Comisión Europea,
Desde el 5 de febrero de 2010, fecha en la que fue adoptada por España la nueva normativa aplicable a los especialistas de control aéreo, se han interpuesto ante el Parlamento Europeo y la Comisión Europea más de 3000 denuncias de controladores aéreos españoles sobre violaciones de la directiva 89/391/CEE –en España ley 31/1995- por parte de las autoridades españolas.
En estas denuncias se alegaba, entre otras infracciones, lafalta de cumplimiento del derecho de consulta al controlador establecido en la citada directiva –artículo 33 de la ley 31/1995-. A raíz de algunas de esas denuncias el Parlamento Europeo inició el procedimiento PETI 331/10 y la Comisión Europea inició el procedimiento CHAP 2012/02902.
Las autoridades españolas han alegado durante tres años haber cumplido todas sus obligaciones – entre ellas las relativas al derecho de consulta al trabajador- pero se han negado a aportar documento alguno que demuestre tales hechos.
El alarmante incremento de los incidentes de extrema gravedad en España unido a la posibilidad de que las autoridades españolas actuasen al margen de la normativa europea durante los últimos tres años ha sido objeto de debate e investigación por parte del Congreso de los diputados de España con resultados ciertamente sorprendentes y, sin duda, alarmantes. Dña. Ascensión de las Heras –diputada por Madrid y portavoz en la Comisión de Transporte del Congreso- se acogió el pasado mes de noviembre de 2012 al artículo 7 para hacer uso de su ¨derecho de acceso a informes de la administración del Estado¨. De esta forma la Sra. de las Heras solicitó al Gobierno las actas que demostrasen el cumplimiento del trámite de consulta a los controladores aéreos establecido en la directiva 89/391/CEE previo a la implantación de los cambios introducidos en la Ley 9/2010 –reducción obligatoria de descansos y aumento de jornada semanal obligatoria por encima de 45 horas, muy por encima de la media semanal europea obligatoria (Francia 32 horas, Finlandia 32 horas, Alemania 33 horas, Austria 32 horas, Polonia 32 horas, España hasta 2010 35 horas) -.
Concluido el plazo reglamentario el Gobierno de España y las autoridades aeronáuticas españolas no ha hecho entrega de acta alguna, demostrándose la inexistencia de dichos documentos. El gobierno en su respuesta de fecha 10/01/2013 a la Sra. de las Heras (número de registro del Congreso 40422) argumenta que a pesar de que el derecho de consulta es reconocido a todos los trabajadores de la Unión en la directiva 89/391/CEE –artículo 2- el ministerio de Trabajo emitió una orden para autorizar que AENA (organismo público que emplea a los controladores) eludiese el cumplimiento de múltiples aspectos de la directiva europea –entre otros el derecho de consulta-. Pero no sólo eso, el Gobierno tambiénargumenta que las autoridades judiciales españolas avalaron la reducción de descansos y aumentos de jornadas de los controladores sin efectuar las consultas a las que obliga la norma comunitaria en su resolución de 10 de Mayo de 2010 (procedimiento judicial 41/2010 ante la Audiencia Nacional, resolución dictada por el magistrado Sr. Bodas)
Tras aportar estos datos que demuestran de manera fehaciente el incumplimiento por parte de las autoridades españolas de la normativa europea comunico al Parlamento Europeo y a la Comisión Europea los siguientes hechos: