Aviación Digital, Sp.- Esta semana, el Pleno del Congreso de los Diputados aprobó la reforma de la Ley 48/1960 de Navegación Aérea y la Ley 21/2003 de Seguridad Aérea, un hito legislativo que moderniza el sector aéreo español. Con 180 votos a favor, 137 abstenciones y 32 en contra, la ley está lista para su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y su entrada en vigor, tras incorporar cinco de las seis enmiendas propuestas por el Senado. Esta reforma aborda desafíos clave como la ciberseguridad aérea, la regulación de drones y la descarbonización del transporte aéreo.
Claves de la Reforma: Innovación y Sostenibilidad
Actualización de la Ley de Navegación Aérea
La reforma de la Ley 48/1960 optimiza la gestión aeroportuaria y adapta el marco legal a las nuevas tecnologías. Entre los cambios más destacados:
Alineación con Europa: Se flexibilizan las autorizaciones para vuelos internacionales y se adapta el régimen de servicios aéreos a la normativa europea.
Gestión ambiental eficiente: Se crea un órgano centralizado para coordinar las declaraciones de impacto ambiental y las servidumbres aeronáuticas acústicas, compatibilizando la planificación de aeropuertos con la sostenibilidad.
Simplificación para aeronaves: Se elimina la obligatoriedad de incluir el nombre del propietario en la placa identificativa de las aeronaves, facilitando trámites en transmisiones.
Pilotos a distancia: Se incorpora la figura de los pilotos de drones y personal de apoyo, adaptando el concepto de personal aeronáutico a las nuevas realidades tecnológicas.

Cambios en la Ley de Seguridad Aérea
La Ley 21/2003 se actualiza para mejorar la eficiencia y abordar retos emergentes:
Sostenibilidad y seguridad: Se tipifican infracciones por transporte de mercancías peligrosas y se refuerzan las obligaciones de sostenibilidad, como las del reglamento RefuelEU Aviation. También se protege a los profesionales aeronáuticos con una cultura justa.
Simplificación administrativa: Se clarifican las competencias de supervisión de servicios meteorológicos y se agilizan los procesos para obtener habilitaciones aeronáuticas.
Regulación de drones: Se establecen nuevas categorías de infracciones (leves, graves y muy graves) relacionadas con el uso, registro y formación de pilotos de drones, alineándose con el reglamento europeo.

Enmiendas del Senado: Un Impulso Estratégico
Las enmiendas ratificadas por el Congreso refuerzan áreas críticas para el futuro del sector:
Ciberseguridad: Protegiendo el Cielo
La disposición adicional undécima introduce medidas para fortalecer la ciberseguridad en el sector aéreo. Las aerolíneas deberán implementar planes de respuesta a ciberataques, contar con expertos en ciberseguridad, realizar simulacros y adoptar sistemas de recuperación automática y redundancia operativa.

Colegio de Controladores Aéreos
La disposición adicional duodécima crea el Colegio Oficial de Controladores de Tránsito Aéreo, de adhesión voluntaria, que dependerá del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.
Descarbonización: Hacia un Cielo Verde
La disposición adicional decimotercera establece el Plan Nacional de Descarbonización del Transporte Aéreo, liderado por los Ministerios de Transportes y Transición Ecológica. Este plan definirá mecanismos de gobernanza y financiación para reducir las emisiones del sector.
Incentivos Fiscales
La disposición final tercera.bis introduce deducciones fiscales en el Impuesto sobre Sociedades para inversiones en I+D orientadas a la descarbonización, especialmente en Combustibles Sostenibles de Aviación (SAF).Transporte y Movilidad Sostenible y para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, definirá los mecanismos de gobernanza, financiación, criterios e indicadores para su seguimiento y evaluación.

Otros Aspectos Destacados
La reforma también incluye:
Un crédito extraordinario de 1.200.000 euros para subvenciones al tráfico aéreo regular de 2024 y 2025.
Actualización de normas para el Registro de Bienes Muebles en actos relacionados con aeronaves.
Tipificación de infracciones por falta de colaboración administrativa.
Limitación de la expropiación forzosa a casos específicos de servidumbres aeronáuticas.






