Madrid, SP, 22 de julio de 2014.- Acabamos de leer esta noticia de la cual nos alegramos enormemente. Esto va a dar que pensar a más de un "diretivo" que no Directivo (que los hay muy competentes y decentes en AENA) antes de actuar porque la crítica siempre que no se falte es libre. La libertad de expresión y sindical nos ampara, además esto es una empresa PUBLICA. Felicidades a los demócratas.
Ha sido Ponente el Magistrado Excmo. Sr. D. Francisco Marín Castán y el Ministerio Fiscal impugnó el recurso, pidiendo su desestimación, por encontrarse amparada la conducta del demandado en la libertad de expresión y la libertad sindical. En los Fundamentos de Derecho puede leerse la famosa carta que vamos a reproducir para que se sepa.
Conviene destacar lo siguiente de la sentencia: "la carta se remitió por el demandado, en su condición de delegado sindical de UGT, al responsable estatal de UGT-AENA y él no fue responsable de que se publicara, sino que lo habría sido el sindicato CSPA (FSAI) en Madrid, que se habría hecho con ella y habría decidido por su cuenta darle publicidad, pues tenía interés en obtener un buen resultado en las elecciones sindicales que estaban a punto de celebrarse" aprovechándose de las posiciones encontradas y enfrentadas entre CC.OO. y U.G.T. respecto a la Dirección de DRNA de Canarias.
Destacar que fué el Sindicato "Profesional" de AENA (CSPA/FSAI) quien hizo algo sin permiso… que cada uno saque las conclusiones que crea oportunas pero que se tenga en cuenta este hecho a la hora de enjuiciar a aquellos sindicatos que dan lecciones de ética.
CSIF-Aena jamás difundirá nada que no sea público y mucho menos sin permiso. Os aseguramos que nos llegan cada semana denuncias muy concretas de corruptelas (presuntas) en AENA, y que aquellas que vayan acompañadas de datos y papeles, van a ser denunciadas donde corresponda, incluso en la Fiscalía Anticorrupción. Pero lo que jamás haremos será dar publicidad a una carta que no es pública sin permiso.
Su Señoría en primera instancia consideró la carta como »crítica dura y ácida al director, cargo de libre designación, y a su esposa que también ha desempeñado puestos de responsabilidad en AENA».
Por tanto aquellos "diretivos" de AENA que se quejan de como les trata de mal CSIF Aena (eso dicen) que sepan que les va en el cargo. Y las "amenazas" directas e indirectas que nos llegan no nos van a achantar, lo contrario, vamos a darles publicidad dentro y fuera de AENA… donde haga falta.
»El castigo de AENA a la Región de NA en Canarias»
"Hoy volvemos a escribir ante el desamparo y la necesidad de exponerle el gran malestar y la situación de abandono en la cual se nos ha sumergido al imponernos un Director Regional y por lo tanto a su esposa, en castigo por no se sabe qué, especialmente al cuadro de mandos y en general a todo el personal del IV Convenio de la Región de NA de Canarias.
No es aceptable, que por un error en los nombramientos de Directores tanto por el lado profesional como de empresa, se nos haga partícipes y responsables del desastre al resto de los trabajadores. La necesidad de apartar a alguien por algún motivo, debe llevarse a cabo sin enturbiar la imagen y profesionalidad de las personas que trabajamos en esta Región.
La politización de algunos nombramientos, aunque pueda ser correcta, no debe ser arma para dar rienda suelta a métodos de trabajo y corruptelas, y que, aunque muy de moda, creíamos desterradas en nuestra empresa. No entendemos cómo es posible que personas que en su día fueron cesadas o invitadas a dimitir, y que demostraron de forma palpable no saber desempeñar sus cargos, vuelvan a ser nombradas.
Sólo los favores políticos pueden explicarlo. Esta situación jamás había ocurrido en AENA.
Antes de entrar en materia de la denuncia, es preferible recordarle y ponerle en antecedentes:
Tras el cambio del Director Regional, D. XXX, excelente persona pero no tan buen gestor, (tenía la visión de la empresa de un Controlador, sin limitación en el gasto, todo vale, sin control ni aplicación de normas de contratación, etc.) nos endilgan a un viejo conocido y repetidor en el cargo, D. XXX y esposa, tándem fijo, que había estado previamente y con anterioridad a D. XXX. Se nos antoja increíble cómo habiendo más personas formadas y preparadas en la región y con ganas de conseguir mejoras en los objetivos de la DRNA en consonancia con los de la Dirección de la DNA, nos impongan a estos individuos que vienen solo a medrar y a vengar la afrenta de haber sido cesados con anterioridad.
La gestión del anterior Director, D. XXX, no fue precisamente la idónea, pero ahora y con el nuevo Director es mucho peor, pues puede hablarse de supuesta corrupción, persecución, y como él mismo dice, para el tiempo que le queda, extraer el máximo fruto personal para él y su esposa, Dña. XXX.
Recordarle también, que tras el periplo de esta pareja por la AENA internacional, posiblemente solo él con contrato y su esposa de acompañante, y tras su fracaso profesional, recalaron de nuevo en el Centro de Control de Canarias, no siendo controlados en su presencia y asistencia al trabajo ni aceptando trabajos asignados por el Director vigente, que era D. XXX, por antipatía personal y éste por su política de vivir y dejar vivir, no hizo nada.
La citada pareja estuvo más de un año sin realizar actividad alguna. Se ausentaban del trabajo y cuando venían, llegaban tarde y se marchaban mucho antes de la hora de salida. Este es el ejemplo que durante este período nos dieron a todos los trabajadores, tanto de Estructura, como de Convenio y Control.
Tras el cese de D. XXX, con sus virtudes y defectos, se nos castiga desde la DNA con el nombramiento del antiguo Director. Este nombramiento se ha convertido de hecho en una designación doble, pues su esposa viene actuando desde hace tiempo como «poder en la sombra», y esta situación ha traído múltiples consecuencias para los trabajadores, algunas de las cuales paso a relatarle:
– Cese del Jefe del Departamento de Servicios Generales (Razones: que se sepa, sus «pecados» son ser hermano de la novia del Director saliente y ser afiliado a UGT).
– Nombramiento de un Técnico de Energía, como Jefe del Departamento de Servicios Generales (Razones: Al no tener formación competencial alguna debió pesar mucho en la decisión el tomar cafés a diario con el Director entrante y esposa o el ser afiliado a CCOO).
– Cese de la Jefa del Departamento Económico (Razones: no admite prácticas de contratación irregular y además es simpatizante de UGT, con posterioridad se nombra a una persona no fija, con contrato de Obras y Servicios, para poder por su precariedad laboral presionarla y poder hacer lo que les venga en gana, por cierto, otra simpatizante de CCOO).
– Sería de interés para todos, que se investigaran y se hicieran públicos los METODOS y LA ASIGNACIÓN DE LAS EMPRESAS A LAS QUE SE REALIZAN TODOS LOS PEDIDOS DEL DEPARTAMENTO DE ASUNTOS GENERALES que son supervisadas personalmente por el nuevo Director. Se ha dejado de lado a empresas que cumplían con todos los requisitos y desconocemos la transparencia de las nuevas adjudicaciones. Desde este sindicato estamos "casi" seguros de que todo es correcto pero ES POSIBLE QUE ESTEMOS EQUIVOCADOS. Solicitamos una auditoría para que se certifique que se está procediendo con transparencia.
– Se nombran Directores de expedientes de contratas que pertenecen al Departamento de Servicios Generales a Administrativas de la Unidad de Contratación, llegando a nombrar a una de ellas como Responsable de Aplicaciones Informáticas, detrayendo el puesto de estructura que Pertenece a la Unidad de Mantenimiento, ¿Acaso para darle dinero y pagar favores?, pues esta persona sigue haciendo labores de administrativa (Misteriosamente otra afiliada a CCOO).
– ¿Dónde está la transparencia administrativa si la Unidad que adjudica es la misma que gestiona?.
– Debido al constante acoso moral al que se vio sometido el jefe de departamento de RRHH se tuvo que acoger a la jubilación anticipada a los 64 años. Era vox populi que si no lo hacía sería cesado, acaso por su amistad con el Director saliente. Una persona dedicada a AENA en cuerpo y alma (jamás le vimos desfallecer, y siempre ayudó a todos los trabajadores de esta Región) como era D. XXX, nunca debió ser «recompensado» de esta forma y menos a 1 año de su marcha por jubilación.
– De nuevo se nombra a una persona para el puesto de Jefa de Dpto. de RRHH que está en las mismas condiciones de contrato que la Jefa del Departamento Económico, con un contrato laboral precario, de esta manera se permite que prosperen y sin que aparezcan documentos que den fe, horas extras no realizadas, utilizadas para pagar no se sabe qué.
Desde este sindicato solicitamos una auditoría de las labores desempeñadas, horario real de trabajo y horas extraordinarias devengadas por las personas nombradas «a dedo» por la nueva Dirección.
– Finalmente se consigue que el Jefe de la División de Administración y RRHH (Otro simpatizante de UGT que cae en el ostracismo) abandone el puesto y se marche a un Departamento Económico de un Aeropuerto en otra isla, es evidente que a nadie le interesa bajar de nivel y cambiar de destino si no se ve obligado por «razones oscuras» acaso falta de valentía para denunciarlo internamente ya que se sabe cómo AENA «paga estas denuncias internas».
– Ahora estamos pendientes de quién va a ser nombrado jefe de la División Administrativa y de RRHH e intuimos que será la esposa del Director, lo que se ha estado buscando desde el principio. Doña XXX, 50% de lo que en la DRNA se conoce ya cómo «el famoso dúo» hace gala de un exquisito cumplimiento de la jornada laboral, apareciendo y desapareciendo cuando quiere, utilizando vehículos y conductores de AENA para sus traslados personales, y encima, jactándose de pertenecer al PSOE como si eso lo justificara todo, somos muchos simpatizantes «de abono» del partido que no estamos de acuerdo con esa forma de pensar y menos de actuar.
– El pánico se ha apoderado de multitud de trabajadores en diferentes Departamento pues aún se recuerda la nefasta gestión y la época de reyertas laborales que fomentó Dña XXX mientras fue Jefa de división de RRRH. Ni que decir tiene que si se volviera nombrar a esta señora, se estaría actuando en contra de muchos trabajadores del IV convenio y contaría con la oposición frontal de los Controladores, que tan amargo recuerdo tienen de ella también. Desde esta Sección Sindical estamos convencidos de que si Dña XXX llega a ostentar la más mínima cota de poder, aumentarán exponencialmente los casos de bajas por estrés laboral y depresión, por no poder soportar las tensiones que ella genera voluntariamente, el tiempo lo dirá.
-Con la entrada del «famoso dúo» se ha desplazado a toda persona que tuviera la más mínima amistad con el Director saliente o fuera afiliado o simpatizante de UGT, colocando a personal de otro sindicato para tratar de perjudicar al delegado de UGT.
Para acabar esta larga carta de denuncia, la Dirección está favoreciendo los enfrentamientos contra los sindicatos UGT y FSAI, al ser sus representantes personas que no son del agrado de la Dirección promoviendo y trasladando las típicas desavenencias internas. A los dirigentes sindicales que tratamos de denunciar las irregularidades de todo tipo de la Dirección Regional (famoso dúo), se nos está castigando perjudicando a nuestros afiliados y simpatizantes, propiciando así una situación de terror que hace que nadie quiera presentarse por UGT, pues esto los convertiría automáticamente en «apestados», amenazando especialmente con los puestos de trabajo del personal no fijo. Ni que decir tiene que estas amenazas no las realizan directamente, lo hacen veladamente a través del único sindicato beneficiado desde su llegada, y esto es la gota que colma el vaso.
Esta Sección tiene dudas de que las próximas elecciones sindicales sean un proceso realmente libre, pues al ser denostados los simpatizantes y afiliados de los sindicatos no alineados con la Dirección, nadie quiere ser parte de las listas de candidatos por miedo a represalias. El miedo a pertenecer a un «sindicato de segunda» y las elecciones no parecen ser una buena combinación.
UGT DRNA Canarias, denunció por escrito a la Dirección Adjunta de Navegación Aérea (D. XXX) la utilización de Recursos Humanos de AENA en beneficio personal, llegando a recurrir a personal de Servicios Generales como camarero personal de dña XXX, así como otras denuncias que constan en la Sección Sindical. Todas estas denuncias están a disposición de quién las solicite.
Si es necesario, procederemos a dar conocimiento de esta situación a los políticos y en general a la sociedad Canaria, para que sepan cómo «gestiona» AENA e intentar que se abra investigación.
Esperamos no tener que llevar a cabo estas actuaciones, que no serían necesarias, si desde la DNA se procede al cese inmediato del Director Regional de Canarias, aprovechando para indicarle que en la DRNA de Canarias hay personas con la experiencia profesional, calidad humana, rigor y honradez suficientes, para no tener que poner a personas que sólo viven de autocolgarse medallas y usar el puesto como plataforma para otras miras «más elevadas».
Fdo
D. XXX Delegado Sindical
UGT DRNA Canarias
Telde a 3 de Abril de 2007"
No nos ha dado tiempo a analizarla toda pero lo haremos, tu puedes leerla y difundirla aquí.
TS ampara a un sindicalista cuya crítica a un directivo de AENA terminó en el mail de los 9.000 empleados
MADRID, 17 Jul. (EUROPA PRESS) .- El Tribunal Supremo ha confirmado la prevalencia de la libertad de expresión en el caso de un sindicalista de UGT en AENA que envió una carta a un superior en el sindicato quejándose de la politización en el nombramiento del director regional de la empresa pública en Canarias y de su intención de "enchufar" a su esposa en otro cargo directivo. Se rechaza en firme la demanda por intromisión en el derecho al honor pese a que la misiva terminó en el "mail" de los 9.000 empleados de la entidad.
El acusado, Eduardo H.S., trabajaba como coordinador de comunicaciones e información de servicios de tránsito aéreo de AENA y era delegado sindical de UGT en el centro de control de Canarias. En abril de 2007 firmó una carta dirigida al responsable estatal del sindicato en esta compañía, Federico Lombardo, que fue enviada por "email" a través de otras personas a la cuenta genérica existente en los terminales a todo el personal de AENA, compuesto por 9.000 trabajadores a nivel nacional.
En la carta, bajo el título "el castigo de AENA a la Región de NA en Canarias" se criticaba la "politización" de algunos nombramientos y se refería al director regional en Canarias Sebastián Perez González como una de esas personas "que en su día fueron cesadas o invitadas a dimitir y que demostraron de forma palpable no saber desempeñar sus cargos", cuya nueva designación únicamente podría explicar por causa de "favores políticos".
Añadía en la misiva que existían "más personas formadas y preparadas en la región" frente a otras, como el director "que vienen sólo a medar y a vengar la afrenta de haber sido cesados con anterioridad". Añadía que en este caso Pérez González estaría maniobrando para que su esposa fuera nombrada jefe de recursos humanos.
PREVALECE EL DERECHO A EXPRESARSE
En este caso, el Supremo confirma las desestimaciones de la demanda por vulneracón del derecho al honor que fueron dictadas con anterioridad por el Juzgado de Primera Instancia número 10 de Gran Canaria y la Audiencia Provincial de Las Palma. Considera que deben prevalecer la libertades de información y de expresión del sindicalista sobre el derecho al honor del directivo.
Recuerda el Supremo que la carta expresaba a su destinatario el malestar y la sensación de abandono en que se encontraban los trabajadores de la región de navegación aérea en Canarias por el hecho de haberse vuelto a nombrar al demandante como director regional de navegación aérea, lo que implicaba que también su esposa ocuparía cargos directivos como ocurrió en una ocasión anterior.
Añade el alto tribunal que concurre el requisito de veracidad respecto de la mayoría de los hechos sobre los que se informa en la carta y que las expresiones utilizadas "no pueden calificarse como ultrajantes u ofensivas" aunque puedan "herir o molestar".
Además, el derecho ampara al sindicalista porque la crítica que efectuó se refería "personas que ejercían un cargo público y tenían proyección pública en el ámbito social y laboral en el que el demandado ejercía su actividad sindical", concluye el alto tribunal.