Madrid, SP.- Aunque buena parte de los Diputados presentes en la Sala de la Comisión de Investigación de la tragedia del Vuelo JK5022 ya habían visto probablemente con anterioridad el documental «JK5022: Una cadena de errores…», ahora tendrán que dilucidar lo «sistémico» de dichos errores entre otras cosas e intentar una corrección de lo detectado. Y si Sus Señorías que aún no lo habían visto, o que a pesar de haberlo hecho anteriormente, albergaban todavía dudas sobre si esta Comisión se debería convertir únicamente en una «sobreactuación» política, o por el contrario se trata de una histórica oportunidad de mejora de nuestro Sistema Aeronáutico y su seguridad operacional, quizás tras verlo hayan caído en cuenta del tremendo relato de los errores antes, durante y después de aquel segundo del 20 de agosto de 2008. Pero precisamente para establecer ese antes, durante y después se ha producido, coincidiendo en el tiempo, un hecho judicial relevante por el que la Audiencia Nacional se declara competente sobre la desclasificación del Expediente Técnico que se esconde tras el Informe Final de la CIAIAC, contra el criterio de la Fiscalía y de la Abogacía del Estado, ¡nada menos!, tras la demanda de la AVJK5022.
Esta desclasificación, pero sobre todo, la oposición a dicha desclasificación, de la documentación manejada en su totalidad durante la elaboración del Informe Final, por parte del Juzgado Nº11, del Ministerio de Fomento, etc… es esencial para conocer aspectos aún no revelados sobre este suceso trágico. Menos los afectados directos, sólo el Estado, Boeing, la compañía Spanair y la aseguradora Mapfre, conocieron dicha documentación detalladamente (incluidos los papeles de la NTSB norteamericana) con lo que les hurtaron elementos a los afectados que pueden ser muy reveladores, incluido el hecho de la razón de su inclusión o no en el Informe Final Técnico de la CiAIAC, o el tratamiento de lo documentado durante la investigación.
El Ministro saliente de Fomento, Iñigo de la Serna, se había comprometido a su desclasificación. Algo que no ha cumplido alegando entre otras cuestiones su carácter de documentos «clasificados».
Sus Señorías han podido hacer hoy el «briefing» de a qué se enfrentan directamente en la Comisión de Investigación abierta en el Congreso con el documental. Pero a mayores, la declaración de competencia de la Audiencia Nacional para la desclasificación de esos documentos a instancias de la demanda de la AVJK5022 deberían hacer cuando menos cuestionarse seriamente si todas las vías y cuestiones que ese documental deja entrever, pueden comenzar a cerrarse y responderse con los documentos que ahora la Audiencia Nacional declara que es competente para su desclasificación.
La cuestión relevante también es si en dichos documentos podrían aparecer algunos comparecientes no citados por la Comisión, que pudieran ser importantes para cumplir con la finalidad de llegar a la Verdad de lo sucedido. Y esa sóla posibilidad debería hacer que los Diputad@s reflexionen y olviden radicalmente sus prejuicios políticos a la hora de abordar esta Investigación en el Congreso de los Diputados. Tapar la Verdad por puro interés político no es ya una opción. La Lista de Comparecientes también será un sintomático indicio de si la política somete o no a la Verdad también en esta Comisión en el Congreso. Algo a lo que los ciudadanos estamos ya desgraciadamente acostumbrados.