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ASGECO Confederación, anima a los viajeros a reclamar compensaciones por vuelos cancelados durante las huelgas navideñas

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1/12/2011.- DERECHOS DEL CONSUMIDOR/Ante las huelgas convocadas por el personal de las compañías aéreas Air Europa e Iberia para estas navidades, que se unen a la reciente quiebra de American Airlines, ASGECO Confederación emite el siguiente comunicado:

La Asociación General de Consumidores, ASGECO Confederación, anima a los viajeros a reclamar la devolución de sus billetes y el reembolso de cualquier gasto que pudiesen acarrear las cancelaciones o los grandes retrasos en los vuelos con motivo de las diferentes huelgas que tendrán lugar durante las navidades.

En el caso de las huelgas de los empleados de las compañías aéreas, éstas no son tratadas como "circunstancias extraordinarias", y los viajeros tendrán por tanto derecho a una compensación adicional a la devolución del billete en virtud del art. 7 del Reglamento (CE) 261/2004. ·

Además, en casos de cancelación o grandes retrasos, las compañías aéreas están obligadas a proporcionar un transporte alternativo comparable si así lo acepta el viajero, aunque en este caso no se tendría derecho a la devolución del precio del billete. Ante la situación de caos aéreo que podría generarse durante estas navidades, ASGECO Confederación considera que ante todo deben protegerse los derechos de los consumidores y usuarios y para ello habilita un correo electrónico, transporte.aereo@asgeco.org, para asesorar e informar a los posibles afectados.

ASGECO Confederación aconseja a los afectados que dejen constancia de la reclamación en el aeropuerto el mismo día en que se produzca la incidencia, a través de las hojas de reclamación de las compañías aéreas o de la propia AENA. En el caso de que la compañía informe a los pasajeros con dos semanas de antelación respecto a la fecha de salida prevista no se podrá reclamar compensación adicional a la devolución del billete. Si la compañía informa a los pasajeros con una antelación de entre una y dos semanas, tampoco se podrá reclamar compensación siempre que se ofrezca un transporte alternativo que permita al viajero llegar a su destino con menos de cuatro horas de retraso. Por último, si la cancelación se notifica con menos de una semana de antelación, no se podrá reclamar compensación en el caso de que la aerolínea permita llegar al viajero a su destino con menos de dos horas de retraso. Si los pasajeros no han sido debidamente notificados conforme a los puntos anteriores, en caso de vuelos cancelados por huelgas de empleados de compañías aéreas, los pasajeros podrán recibir una compensación adicional al coste del billete por valor de: a) 250 euros para vuelos de hasta 1.500 kilómetros; b) 400 euros para todos los vuelos intracomunitarios de más de 1.500 km y para todos los demás vuelos de entre 1.500 y 3.500 km; c) 600 euros para el resto de vuelos; -

Air Europa informa sobre los vuelos cancelados con varios días de antelación en el siguiente enlace:
http://www.aireuropa.com/waea/es/estaticos/aviso_informativo_huelga.html

Para más información sobre los procedimientos de reclamación en el sector aéreo, incluidos los viajes combinados y las cancelaciones, retrasos o pérdidas de equipaje, puede visitar el sitio web www.noclamesreclama.org

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