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septiembre, jueves 12, 2024

Una sentencia cocinada en la trastienda de Fomento

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APCAELa Asociación Profesional de Controladores Aéreos de España (APCAE), ha recibido con profunda consternación y enorme perplejidad la sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, por la que se da carta de naturaleza a la vulneración retroactiva mediante la Ley 9/2010 del I Convenio Colectivo y demás acuerdos suscritos desde 1999 entre los controladores aéreos y Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (Aena), se distorsiona el espíritu de la Constitución Española y se interpreta a la carta y a gusto del tribunal el Estatuto de los Trabajadores.

En una sentencia probablemente sin precedentes, que abarca 65 páginas y que ha sido redactada en un tiempo record de 5 días, en los que ha dado tiempo a la Sala a leer en profundidad en jornadas maratonianas de 8 horas de trabajo -incluidos descansos del 25%- los 2000 folios del caso, a analizar y debatir las peculiaridades nada convencionales que contenía la Demanda de Conflicto Colectivo presentada por el sindicato USCA, a pedir asesoramiento a eminentes constitucionalistas y a llevar a cabo una compleja redacción en la que se han incorporado al mejor estilo "corta y pega" la larga, tediosa y maquillante exposición de motivos del Real Decreto 1/2010, los tres magistrados componentes del tribunal han decidido desestimar la demanda interpuesta por considerar que la ley fue "necesaria, idónea y proporcionada" y porque deben primar los derechos de los usuarios de un servicio público sobre los derechos fundamentales de quienes proporcionan ese servicio.

Pero lo cierto, es que con esta sentencia se está avalando la esclavista gestión que realiza en la actualidad Aena, al ir más allá en la aplicación de la ley al hacer una lectura libre de la misma y arrogándose el derecho divino de cancelar, entre otros, los permisos de lactancia y de guarda legal, y de disponer a su discreción del tiempo libre de sus trabajadores para cubrir carencias de personal creadas por la misma ley.

A este respecto, denomina la sentencia "mal endémico" a la carencia de controladores y justifica por ello el hecho de que la Ley no permita las prejubilaciones como en el resto de Europa. Pero no entra en la cuestión de que al mismo tiempo expulsa de su puesto de trabajo a controladores en edad productiva, desperdiciando de ese modo miles de horas de trabajo que ahora Aena no sabe cómo cubrir hasta final de año, simplemente porque los controladores tienen la mala idea de cumplir 57 años todos los días y no hay otros disponibles para sustituirlos. Lo que lleva a una interpretación interesada de la ley y a una ceguera intelectual preocupante, especialmente cuando relaciona la cuestión de la prejubilación con la seguridad aérea.

Así mismo, la sentencia culpa a los controladores aéreos de que Aena no solicitara autorización a la Comisión de Retribuciones para abonar las remuneraciones acordadas y se nos castiga por la incompetencia -o mala fe- de los gestores de Aena al no hacerlo, que ni siquiera se llevan una triste reprimenda.

También llama la atención, que el tribunal haya dado por buenas las pruebas aportadas por la parte demandada, en realidad muchas de ellas basadas en datos falseados, sin preocuparse de recabar por sí mismo esos datos.

Sólo así se justifica su respaldo ciego a la tesis defendida por la ley 9/2010, de que "La situación que se describe plantea un escenario que afecta a la sostenibilidad económica y financiera de Aena y ha hecho incurrir a dicha entidad en un déficit de más de 200 millones de euros en relación con la tasa de aproximación para el año 2010". O, lo que es lo mismo, algo más de 50 céntimos de euro por pasajero controlado. Lo que convierte a ese argumento en ridículo porque es del todo imposible que la sostenibilidad económica de Aena, que factura más de 3000 millones de euros al año, se ponga en peligro por 50 céntimos por pasajero que sobrevuela espacio aéreo español.

Como lo es sostener que la tarifa unitaria de ruta española es la más cara de Europa, cuando hay paises que al cobrar el IVA superan a la nuestra y otros que prácticamente la igualan. Unos sencillos datos que el tribunal podría haber conseguido a poco que hubiera preguntado. Pero le resultaba más cómodo "copiar y pegar", que perder el tiempo en impartir justicia a unos ciudadanos que pagan su sueldo y no al revés, porque el sueldo de los controladores aéreos no procede de las arcas del Estado, sino de las tasas aéreas.

Por otro lado, relaciona el tribunal de forma un tanto torpe seguridad aérea con jornada anual y justifica la publicación de los turnos de trabajo con tan sólo 10 días "porque la programación de noventa días en un sector tan dinámico como es el tránsito aéreo sería inoperante en la mayor parte de las ocasiones e impediría el funcionamiento ordenado del sistema". Suponemos que el tribunal sabrá lo que quiere decir, ya que debe tener una amplia experiencia en la gestión de personal en entornos dinámicos, como la administración de justicia.

Y denomina "sacrificio proporcionado", el hecho de que los controladores no tengamos derecho a disfrutar de vacaciones cuando las disfrutan el resto de los ciudadanos, de fines de semana libres, o que tengamos que trabajar por las noches, defendiendo implícitamente la mecánica de disfrutar de breves períodos de descanso y de vacaciones cuando el resto de ciudadanos o familiares no las disfrutan. Todo en base a un curioso principio de igualdad recién inventado.

La imparcialidad judicial brilla por su ausencia en una sentencia a todas luces cocinada al mismo tiempo y en la misma trastienda del ministerio de Fomento que el Real Decreto del 5 de febrero, porque sólo así se justifica una olímpica rapidez en su redacción y la involuntaria mezcla de ingredientes ajenos al caso en los que se fundamentan cuestiones que no formaban parte del litigio, ni fueron expuestas en la vista oral o presentadas como prueba por las partes. Llevando a la paradógica situación, de tardarse más en leer de forma detenida, que en redactarla.

Para finalizar, APCAE hace una llamada a Aena para que se incorpore a la senda del sentido común y la negociación racional. A la práctica de una gestión más coherente y acorde con sus propios principios de responsabilidad social corporativa de los que ha excluido a los controladores aéreos. Porque seguir con esta lucha no beneficia a nadie, ni a Aena, ni a los controladores aéreos y puede perjudicar de forma decisiva al usuario y, por tanto, a todos nosotros.

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