Madrid, SP.- Ya se están empezando a materializar las serias dudas que la comparecencia de Isabel Maestre directora de AESA (y no digamos su superior jerárquica y Secretaria General de Transportes, Carmen Librero) han sembrado tras su comparecencia ante la Comisión de Investigación del JK5022 que se está desarrollando en el Congreso de los Diputados, sobre su eficiencia y consistencia como garante de la Safety en España.
En este contexto se deben incluir las 8 preguntas en la línea de flotación del Sistema Supervisor e Inspector de las Operaciones LCI (Lucha Contra Incendios) y concretamente las condiciones precarias y de «semiesclavitud»-según señalaban los afectados- que desató recientemente el conflicto de los copilotos de la flota B412 del mayor operador en España, Babcock MSC Spain. Este factor evidentemente influye en las condiciones de la seguridad con la que se opera, con estas aeronaves que requieren unas habilidades tan exigentes para sus tripulaciones, y en una operación especialmente crítica.
Sin olvidar la negación de la condición de Inspector a D.Javier Aguado del Moral, de la propia directora de AESA, en Sede Parlamentaria, todo un síntoma de la mentalidad imperante en la Agencia, a pesar de una Sentencia del Tribunal Constitucional que dice lo contrario, nuestros diputad@s se han remangado y puesto manos a la obra en esta ocasión, aplicando ya lo que dichas comparecencias han puesto sobre la mesa en cuanto a las serias dudas de la gestión que se está haciendo. Especialmente en un Sector que ha disparado estos años la siniestralidad. Los Trabajos Aéreos.
Podemos a través de la diputada de Podemos-En Comú Podem-En Marea en la Comisión de Investigación del JK5022, Carmen Valido, y del diputado valenciano y sensible con estos temas, Felix Alonso Cantorné, lanzan una serie de preguntas al Gobierno (actualmente del PSOE). Al final de las cuestiones planteadas hacen alusión a un interesante artículo del Reglamento de la CE 1008/2008, exactamente el 4.f
- f) más del 50 % de la propiedad de la compañía, así como su control efectivo (ya sea directo, a través de una o varias empresas intermediarias), recaigan en los Estados miembros o sus nacionales, salvo que se disponga otra cosa en acuerdos celebrados con terceros países en los que la Comunidad sea parte;En este sentido la pregunta final sobre el conocimiento del Gobierno, y por tanto de su subordinada AESA, del cumplimiento de ese requisito por parte de Babcock, parece llena de oportunidad, en un entorno BREXIT, al pertenecer a un Grupo Británico, Babcock Group.