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junio, viernes 2, 2023

Salvamento Marítimo: SLTA denuncia ante AESA irregularidades

Fatiga acumulada, peligro latente

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Madrid, SP.- (NP SLTA) El SLTA se propone acabar con los excesos de actividad y las irregularidades de programación en el sector de los TTAA. Esta vez se ha denunciado ante la Agencia Española de Seguridad Aérea (AESA), la situación de ilegalidad que sufren las tripulaciones y personal de tierra que está programado H24 de forma continuada.

En una maniobra para ahorrar en personal, algunas empresas del sector, entre las que destaca BABCOCK MCS por ser operadora de los servicios estatales de Salvamento Marítimo o regionales como el SUC de Canarias, cubren algunos servicios de emergencia H24 con menos tripulaciones de las que serían necesarias según nosotros lo vemos, para cumplir la normativa y asegurar el descanso de sus tripulaciones.

A día de hoy, BABCOCK MCS programa a muchos de sus tripulantes en servicio GUARDIA LOCALIZADA H24 continuado que puede durar hasta 22 días ininterrumpidos. Durante ese periodo, cada tripulante y personal de tierra está a disposición de la empresa, pudiendo oscilar el tiempo de respuesta entre 45 y 60 minutos en el aire. Esto supone que durante todo ese período no se dispone de un descanso asegurado afectando en nuestra opinión, seriamente a la seguridad en vuelo.

Adicionalmente, esta empresa ha adoptado el criterio arbitrario de que 24 horas de GUARDIA LOCALIZADA H24 equivalen a 8 horas de actividad en el cómputo global, asegurando de esa manera el potencial máximo de 225 jornadas de actividad anuales de cada tripulante que permite el Convenio Sectorial.

El régimen de actividad GUARDIA LOCALIZADA H24 no está contemplado en ninguna normativa aeronáutica que afecte al sector de los TTAA. En el Reglamento 83/2014 de la Comisión de la UE sobre Fatiga, se define el término Imaginaria como período de tiempo definido y notificado previamente durante el cual el miembro de la tripulación debe estar a disposición del operador para que le asigne un vuelo, posicionamiento u otra actividad, sin que medie un período de descanso.

Ante preguntas de este sindicato a responsables de AESA la respuesta ha sido que este tipo de actividad debe considerarse como tiempo de actividad en su totalidad. Por este motivo, el SLTA les ha hecho entrega de un dossier completo en el que se especifican las irregularidades en materia de programación y prevención de fatiga en servicios tan vitales como Salvamento Marítimo.

Desde este sindicato instamos a las autoridades aeronáuticas a sancionar a todas las empresas que no cumplan la normativa, así como a actualizar la normativa para adaptarla a los nuevos servicios. Solicitamos a las empresas a maximizar sus esfuerzos para dimensionar las plantillas de forma cada tripulante pueda asegurar sus descansos y prevenir, de esta forma, la fatiga acumulada como peligro latente.

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