spot_img
spot_img
21 C
Madrid
abril, viernes 19, 2024

El Gobierno publica las nuevas condiciones en el transporte aéreo de viajeros para las Fases 2 y 3

Plan de Transición a la Nueva Normalidad

Nuestros monográficos

- Publicidad -spot_img

Madrid, SP.- El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica hoy la Orden del Ministerio de Sanidad por la que se establecen las condiciones a aplicar en las fases 2 y 3 de la desescalada, enmarcado en el Plan de Transición a la Nueva Normalidad, en materia de servicios aéreos y marítimos de viajeros.

Transporte aéreo

En relación con la formación aeronáutica, la orden clarifica las condiciones en las que se pueden reanudar dichas actividades formativas, de acuerdo a lo que ya estaba previsto en la Orden SND/414/2020, extremando la higiene y la máxima separación posible en los vuelos y teniendo en cuenta las instrucciones, recomendaciones y material guía adoptado por la Agencia de la Unión Europea para la Seguridad Aérea (EASA).

Los vuelos de instrucción deberán despegar y aterrizar en el ámbito de la unidad territorial en la que esté ubicada la escuela, sin que puedan realizarse aterrizajes o despegues en otras unidades territoriales en tanto el Ministerio de Sanidad no autorice la circulación entre distintas unidades territoriales. Hay que tener en cuenta la particularidad de Baleares, siguiendo la solicitud realizada por el Gobierno autonómico, donde los vuelos de instrucción sólo podrán aterrizar en la isla de despegue.

Además, la orden permite la navegación aérea de recreo en grupos de hasta un máximo de 20 personas, incluido el piloto

- Publicidad -spot_img

Más artículos

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

- Publicidad -spot_img

Todos los canales

Últimos artículos