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Mientras el RD de Trabajos Aéreos espera, el Gobierno aprueba uno de servidumbres aeronáuticas

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PPSOEMadrid, SP, 27 de abril de 2013.- Que este Gobierno apruebe un Real Decreto para actualizar las Servidumbres Aeronáuticas, para adecuarlas de una vez a la normativa OACI, imagínense, en un momento donde el boom inmobiliario afortunadamente ya no lo hace "urgente", mientras empieza una nueva campaña de incendios, sin aprobar, de forma urgente uno sobre Trabajos Aéreos, con el índice de siniestralidad inasumible que arrastran, nos hacen ver claramente el analfabetismo sobre cultura de seguridad con el que se administra tanto con el PSOE como con el PP aeronauticamente España. Y la tan manida excusa de lo tedioso del trámite de los RD, suena a eso a excusa de mal administrador.


De hecho la máxima responsable de AESA no ha cumplido con la puesta en marcha este año del RD, mientras eso sí agilizan de urgencia a golpe de decreto para doblegar a los controladores con Blanco, y para servir, agilizando, a los especuladores inmobiliarios que han destrozado el país…

Tras la aprobación de un Real Decreto en Consejo de Ministros

El Gobierno actualiza la normativa de Servidumbres Aeronáuticas

  •  La nueva norma revisa y actualiza determinados aspectos técnicos de las Servidumbres Aeronáuticas para adecuarlas a la normativa internacional de la OACI y a las necesidades de seguridad operacional

  •  Además, agiliza los procedimientos de autorización por Servidumbres Aeronáuticas y permite la participación de los ciudadanos en la tramitación de las nuevas servidumbres que se establezcan

    Madrid, 26 de abril de 2013 (Ministerio de Fomento).

    El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un nuevo Real Decreto sobre Servidumbres Aeronáuticas que modifica el régimen jurídico que las regulaba hasta el momento, el Decreto 584/72, de 24 de febrero, de Servidumbres Aeronáuticas.

    La norma del año 1972 había sufrido ya algunos cambios a lo largo de los años pero había quedado desfasada en su conjunto, tanto con respecto al contenido técnico como en los aspectos administrativos.

    El nuevo Real Decreto adapta la legislación española a las últimas normas de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) sobre las limitaciones en altura y los requisitos técnicos que han de cumplir las construcciones e instalaciones y sus usos, situadas en las proximidades de los aeropuertos y radioayudas, a fin de que las operaciones aéreas puedan desarrollarse en adecuadas condiciones de seguridad.

    La nueva norma se adecúa al progreso tecnológico experimentado en el campo de la aviación civil en aspectos que no se contemplaron en 1972, como la existencia de aeropuertos con más de dos pistas de vuelo, o que se han transformado y modernizado tecnológicamente, algo muy frecuente con las instalaciones de ayudas a la navegación aérea.

Asimismo, se somete a servidumbres aeronáuticas en la zona especificada en el Real Decreto, la utilización de ciertos equipos tales como emisores o punteros láser y focos de gran potencia que puedan causar deslumbramiento de las tripulaciones, de forma que su incumplimiento supone graves sanciones administrativas.

Por otra parte, el nuevo texto, se adapta a la realidad del Estado de las Autonomías y da un mayor protagonismo a los Ayuntamientos, simplificando los trámites administrativos.

Con las modificaciones aprobadas por este Real Decreto, se actualiza igualmente la regulación sobre establecimiento y modificación de servidumbres aeronáuticas, contemplando la participación de los interesados, particularmente administraciones y ciudadanos cuyos derechos pueden verse afectados.

Igualmente, se incorporan instrumentos de flexibilidad que permitirán mejorar la eficiencia y agilidad en la obtención de informes y autorizaciones, sin menoscabo de la seguridad operacional.

El nuevo Real Decreto, además, adapta esta materia al actual marco administrativo dado que, en 1972, no existía un órgano especializado en seguridad aérea y, tanto la aviación civil, como la militar, dependían de un único Ministerio. Igualmente, contempla la participación autonómica en relación con las servidumbres aeronáuticas relativas a los aeródromos de su competencia.

Por tanto, en relación con las servidumbres aeronáuticas, el Real Decreto clarifica tanto los derechos y obligaciones de los gestores aeroportuarios y proveedores de servicios de navegación aérea, la participación de las Autoridad Nacional de Supervisión, así como la distribución competencial entre los Ministerios de Defensa y Fomento.

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