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Seriamente comprometida la operatividad SAR en Galicia tras la entrada en vigor del RD 750/2014

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Madrid, SP, 1 de junio de 2015.- Con la entrada en vigor a las 0:00 hrs. de hoy del RD 750/2014 que regula los requisitos de las actividades aéreas de lucha contra incendios y búsqueda y salvamento en materia de aeronavegabilidad algunos de los helicópteros tanto en la Península como en Canarias, han quedado seriamente limitados para operaciones de búsqueda y rescate a más de 10 minutos de vuelo de la costa, a velocidad de crucero, es decir unos 130 nudos. Tambien están limitados a 20-21 millas de costa. Sin ir más lejos en estos momentos el PESCA 1 (Vigo Aeropuerto) y PESCA 2 (Celeiro-Viveiro), basados en Galicia, contratados por la Xunta, del operador INAER, se encontrarían limitados, en ambos casos se trata de los Sikorsky S76-C, lo mismo que podría estar sucediendo en Canarias con los Bell 412, o el curioso «polivalente» de Cantabria por ejemplo. Estas aeronaves están certificadas como «helicópteros anfibios», uno de cuyos requisitos es el de «poder navegar», no pudiendo cumplir por ejemplo estructuralmente (quilla, etc…) pues no están diseñados para ello, no poseen luz reglamentaria indicadora anticolisión para el caso de amerizaje, navegación y anclaje, o las balsas con las que van dotadas (7 y 11 plazas) no cumplen los requisitos de la certificación como es la de que la baliza LT sea activable por la propia balsa. El pasillo de grandes rutas desde Finisterre hace que los barcos navegen a partir de 40 millas de la costa, en función de su rumbo (N/S, E/W), con lo cual en estos momentos no podrían ser atendidos de forma inmediata por medios aéreos… Limitaciones VFR diurno e IFR nocturno.

En el caso de Canarias, los helicópteros basados en una isla AB412, no podrían desplazarse a otra. Casualmente ya podrán imaginar los lectores qué empresa concretamente es la que detenta el helipolio SAR en España, y lo inaudito de esta gravísima situación, que viene a reafirmar que poner en manos exclusivamente de un operador servicios tan esenciales como estos, deja en una situación de debilidad y dependencia al Estado con respecto a estos servicios tan esenciales. Aquí no ha llegado el libre mercado en realidad.

Esto se ha producido fundamentalmente por una cuestión de imprevisión. Los requisitos que deben cumplir los operadores y sus aeronaves han sido entregados, para su aprobación, incluso el pasado viernes a AESA. Cuando ha entrado en vigor el RD se ha podido observar cómo el requisito para estar certificado como helicópteros anfibios presentado por el operador se supone no podía ser cumplido en algunos requerimientos. A pesar de la aprobación y de la entrada en vigor en el día de hoy conocido desde septiembre de 2014, hasta el último momento no se habían presentado. La cuestión es que es ahora Europa, EASA, la que fiscaliza el cumplimiento a AESA, y la tradicional manera de hacer las cosas, es decir precipitada y en algunos casos laxa manera de supervisar requerimientos documentales, etc… ya no es admisible. Los hombres de azul de la Agencia Europea están ojo avizor a las autoridades nacionales, y nadie podría justificar incumplimientos de una normativa en vigor alegando que acaba de entrar en vigor.

Otra cuestión, de la que los operadores se quejan es de la gestión que se hace en AESA. Pero tambien es cierto que el tan cacareado por algunos responsables incremento de presupuesto para la Agencia, no está reflejándose en una mejora de la gestión, opinan algunos de estos operadores.

En cualquier caso el contribuyente finalmente no tiene a su disposición, más que con muy serias limitaciones, el servicio público por el que paga.

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