Madrid, SP.- Una interminable sesión de Juicio contra 119+14 controladores tenía lugar el pasado miércoles en Madrid. La Fiscalía aparentemente se revuelve como un tigre enjaulado para demostrar la única acusación que pende («Abandono del Servicio») sobre los 133 acusados y Aena como Responsable Civil Subsidiaria, para hacer frente a las reclamaciones de los afectados. Esto es lo que el Ministerio Fiscal debe demostrar exclusivamente. Fueron casi 7 horas intensas donde el HECHO JUZGADO, el «Abandono» se muestra de imposible demostración por la parte acusadora.
Un hecho relevante sobre este Juicio, es que han pasado por él 9 Jueces, pero la Fiscalía ha sido la misma durante estos 9 años.
Empezando por el final: Aena en el banquillo de los acusados.
Angel Luís Arias, se sentaba como actual máximo responsable de ENAIRE, continuadora de Aena-Navegación Aérea (NA), como acusada, para en el caso de que los controladores no pudieran hacer frente a las millonarias reclamaciones de los afectados, respondiera economicamente de dichos daños. Esto, no sucederá, puesto que tras el acuerdo del sindicato USCA con Fiscalía y Acusaciones (fundamentalmente el despacho de Cremades, aunque ahora se ha admitido que haya otras) cubre dichas reclamaciones, que ya se han hecho efectivas. Luego ENAIRE no parece que tendrá que hacer frente en nada.
Arias el 3D2010 era el responsable de Planficación en Aena-NA, por lo que no intervenía directa ni indirectamente en los hechos. Arias debía contestar de oídas (o como dijo en base a los informes que ha podido consultar con posterioridad), pero no como directamente conocedor de los hechos, y tampoco como «protagonista» de ellos. «No soy testigo directo» declaraba.
Quien sí lo era el 3D2010, y era la máxima responsable de la Navegación Aérea en Aena, es decir la superior jerárquica de TODOS los controladores, en la fecha de los hechos sucedidos era Carmen Librero Pintado, que comparecerá como testigo el próximo martes 4 de febrero. Esta comparecencia no tendrá a buen seguro desperdicio. Tampoco la de J.I.Lema que era el presidente de Aena en esos días.
Por lo tanto el testimonio de Arias, tenía poco sentido, puesto que no era directo conocedor o participador en lo juzgado. Pero hubo un problema que procesalmente no pareció resolver con claridad la Juez. Arias parecía estar siendo interrogado como testigo en lugar como representante del Ente acusado por estos hechos.
Ello produjo una reacción de la defensa, dado que, se vieron obligados a protestar. Las defensas que protestaron unanimemente entendían que una declaraciones de esas características, sólo podía practicarse si el compareciente es citado en calidad de testigo, lo que implicaría la advertencia previa de su obligación de decir verdad. Al hacerlo como acusado, esa obligación de decir verdad no se materializa, y por lo tanto el testimonio, como si fuera un testigo, tiene escasa o nula relevancia como testimonio.
Tras dejar constancia de la protesta, Arias fue sometido a las preguntas de ambas partes. Fuentes jurídicas consultadas hablan de la posibilidad de que se trate en cierta medida de todo un «atropello procesal»… Veremos lo que finalmente la Juez considere que ha sido este interrogatorio en el caso de materializarse en una Sentencia finalmente.
La declaración de Arias (actual director general de ENAIRE)
Arias señaló que sí conocía genericamente las medidas que se estaban tomando en 2010. Tan sólo, a preguntas de la Fiscalía sobre la tensión existente, señaló asépticamente que tenía conocimiento sobre las nuevas regulaciones y reforma estructural que se estaba llevando a cabo en la Navegación Aérea. Hizo alusión a la complejidad. por el tema del exceso de las horas en Santiago, asambleas en los centros. En su opinión el RATE0 ante la imprevisibilidad de lo que podría suceder, era el único modo, se entiende quiso decir, de garantizar la seguridad.
Arias señaló que había un cierto temor a que no se cubrieran los turnos, por lo que las regulaciones parecía lo más lógico. Tambien estaba el tema latente de las horas. Sobre el famoso formulario 34.4, Arias señaló que tras el RD 1615/2009 el foco se pone en el proveedor de servicios. «Si tiene esos datos-refiriéndose al 34.4- debe apartarlo. Según marcaba el procedimiento de septiembre de 2010, aprobado por AESA, tratándose de una declaración jurada, señaló. «El ATC debe avisar y apartarse del servicio…»
Sobre la cronología de lo sucedido señaló que el primer RATE 0 se producía en Palma, luego en Madrid «sobre las 16-17 hrs», indicando que «no tenían más remedio», y aportando el curioso dato que realmente hubo «18 RATE 0», y no uno como pensábamos hasta ahora. Esos RATE 0 se sucedieron hasta las 22 hrs. En ese momento, señaló, había 450 vuelos… «Aena no vió otra opción…» Arias, habló en su declaración de sus controladores en términos muy positivos profesionalmente hablando.
Realmente Angel Luís Arias, opinamos, ha recibido la envenenada herencia de la gestión de Carmen Librero. Envenenada tanto en la gestión que hizo de sus RRHH, como en la propia gestión de la seguridad, dado que durante 2010 se contabilizaron 47 cuasicolisiones (incidentes Severidad A) en el Espacio Aéreo Español, y casi un centenar de Severidad B. Algo estaba pasando entonces muy probablemente relacionado con el tipo de gestión que estaba haciendo de sus RRHH, llamados controladores aéreos.
Arias declaró no conocer a qué hora se entregaron los 34.4 Sí indicó que había miedo a la hora de los relevos y que las regulaciones del 20-15% se produjeron así como el RATE 0, «por prevención», señalando a pesar de ello que «los relevos se cubrieron perfectamente». En el Diario de Novedades de la Sala del ACC de Torrejón se establece la cronología de las regulaciones del 20% a las 15:44, del 15% a las 16:00 y a las 16:32 el RATE 0 en el ACC de Madrid-Torrejón. El RATE 0 lo ordenó Almodóvar señalaron distintas fuentes. Aena-NA a las 16:44 se lo comunica a Flow de Eurocontrol.
En este punto es donde las defensas protestan al estar siendo Arias interrogado como si fuera un testigo en lugar del representante de la acusada Aena-NA. Señalan que está hablando por referencias.
Posteriormente señaló que para la reapertura «se levantó a medida que se integraban sectores». Es decir se hizo ordenadamente. Tambien señaló que con 1 Sector de Aproximación y dos de ruta se podría atender la capacidad de esos momentos pero no la capacidad máxima posible.
Sobre la orden del RATE 0, señaló que la debería dar el Jefe de Sala, y el Técnico de Flow lo debe introducir en el Sistema. La decisión la debe tomar el Jefe de la Unidad Central ATM. Nos parecío entender que no se sanciona por lo del 34.4 del 3D2010 por parte de AESA.
La defensa vuelve a insistir en la subjetividad de la declaración, lo que podría vulnerar los derechos de la defensa, debido a que el acusado no vivió directamente los hechos, no tenía funciones operativas, y señaló la defensa que sin esa tensión no habría sucedido nunca..
El RATE 0 se comunicó a Bruselas. Sobre la aplicación tras el 34.4, la defensa señaló que no había medios. Arias en este punto, y contra lo declarado por los acusados, que sí estuvieron o vivieron los hechos directamente, señaló que «había médico y enfermera» a las 16:30.
Sobre el 4 de diciembre, indicó la defensa que había 15 ATCs, 1 Jefe de Sala y 2 Supervisores… preguntando si era suficiente.
Arias declaró desconocer si se había coordinado el Espacio aéreo civil y militar. Tambien indicó que dudaba que se pudieran haber adoptado otras medidas menos restrictivas por parte de Aena-NA. En un momento de su declaración surgió la cuestión de que sobre la obligación tras la firma del 34.4, dominan más las vidas que el cumplimiento de la Ley…
Sobre esa responsabilidad del Aena si hubiera aplicado estrictamente el 34.4, y por lo tanto hubiera apartado del servicio a los controladores, preguntaba uno de los abogados defensores, se entendió que quiso decir en su respuesta que hubiera sido irresponsable hacerlo en ese momento.
(En las próximas horas continuaremos con las declaraciones de los 8 controladores que NO CONFORMARON con el Escrito de Acusación de la Fiscalía).