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octubre, viernes 11, 2024

AENA responde a través del Gobierno a los diputados de SUMAR sobre la adjudicación de licencias de Handling en los aeropuertos

Iberia decidirá sobre el Auto handling cuando el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales se pronuncie sobre su impugnación.

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Aviación Digital, Sp.- El pasado 9 de Octubre, dos diputados de SUMAR realizaron una serie de preguntas al Gobierno sobre la adjudicación de las licencias de servicios de asistencia en tierra en los aeropuertos.

AENA ha contestado a través del Gobierno a estos diputados asegurando que los criterios de adjudicación, han seguido criterios objetivos, transparentes y no discriminatorios, tal y como se recoge en la normativa europea y nacional.

Según Aena, la sostenibilidad y la calidad del servicio prestado han sido los principales aspectos valorados, suponiendo aproximadamente el 40% de la valoración total. Además, AENA afirma que las ofertas económicas presentadas no han sido el principal criterio de selección, otorgándose un peso del 65% a los criterios técnicos y un 35% a los criterios económicos.

Por otro lado, en relación al convenio colectivo del sector, AENA destacó que el V Convenio Sectorial Colectivo General del Sector de Servicios de Asistencia en Tierra en Aeropuertos contempla la subrogación del personal, lo que significa que los trabajadores son transferidos de una empresa a otra sin perder sus derechos laborales.

En cuanto a las empresas seleccionadas, Gobierno-AENA asegura que son «de primer nivel en términos de capacitación técnica y excelencia operativa«. Nada nuevo, que no haya dicho previamente AENA en sus numerosas notas de prensa sobre este asunto.

Con respecto a Iberia, el Gobierno-AENA informa a los diputados que podría dar continuidad al servicio en modo autoasistencia o autohandling para sus compañías (Vueling, Iberia, Iberia Express, British Airlines, Aer Lingus y Level) en los aeropuertos donde ha perdido la licencia, algo que también sabíamos, decisión que tiene aplazada la compañía hasta que el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales se pronuncie sobre su impugnación.

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