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abril, sábado 20, 2024

EFE y TVE1 dan erróneamente por zanjado el contencioso por sobrevuelos Cdad.Sto.Domingo

La Sentencia del Supremo de 2008 reconoció lesión del derecho fundamental de los residentes.

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Madrid, SP.- Una tendenciosa nota de nada menos que de la Agencia Pública de noticias EFE, ha inducido a TVE1 en su Telediario del mediodía a dar erróneamente por zanjado el contencioso entre Aena y los Residentes de Ciudad Santo Domingo(Madrid). Casualmente estos dos medios públicos tienen desde hace pocos días nuevos máximos responsables con el nuevo Gobierno. Dice la nota de EFE:

«El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha zanjado el caso del ruido de los vuelos del aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas sobre la urbanización Ciudad Santo Domingo al considerar que el nivel se ha reducido lo suficiente como para dejar de lesionar el derecho a la intimidad de los vecinos«. 

Nada más lejos de la realidad, dado que como AD ha podido saber de los propios vecinos afectados que de «zanjado» nada: «Los residentes de Ciudad Santo Domingo recurrirán el último auto del TSJM».

Se evidencia una vez más (y van 10 años) que la falta de información veraz y «neutral» sobre este largo contencioso, está dirigida a meditaticamente dar un mensaje a los Mercados, donde la cotización de Aena ha caído en Bolsa en los últimos días… y la justificación política de su privatización o expolio es de difícil justificación.

Nada sucede casualmente más aún hablando de medios de comunicación públicos, con la sombra de Fomento/Aena de fondo. Habrá Recursos tanto de Reposición, Casación y Nulidad ante el Tribunal Supremo por los afectados, con lo que el ZANJADO de EFE es evidentemente tendencioso e impreciso. 

Los afectados se preguntan en voz alta: “Si en Abril 2017 la sentencia no está cumplida y sin que AENA haga nada, ¿cómo ahora el resultado es templado?”

(Residentes Ciudad Santo Domingo) Madrid 01 de Agosto de 2018.- El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha notificado el 31 de Julio de 2018 auto respecto de la sentencia del Supremo de 3 de abril de 2017 que declaró no ejecutada su sentencia de octubre de 2008 que reconoció lesión del derecho fundamental a la intimidad domiciliaria de los residentes de la población Ciudad Santo Domingo (Algete, Madrid), ordenando el cese de la causa.

Este nuevo auto del TSJM indica que la Abogacía del Estado presenta informe de evaluación del ruido en el exterior y en el interior en Ciudad Santo Domingo.  El TSJM concluye que se aprecia nivel de ruido inferior a los límites del Reglamento 598/2014 y Directiva 2002/49 y referencias del Supremo y que la sentencia de Octubre de 2008 debe considerarse ejecutada.

Los residentes de esta población de 5.000 habitantes ya han indicado que van a tener que peregrinar de nuevo al Supremo: Reposición, Casación al Supremo, Nulidad”, señala su abogado.  Estos residentes ya indicaron que Aena, Enaire y Ministerio de Fomento no han tomado medidas desde la última sentencia del Supremo de 2017 que determinó que sigue ejecutarse la sentencia de 2008.  Esgrimen que sin nuevas medidas es imposible que haya habido fin de la lesión: “Si en Abril 2017 la sentencia no está cumplida y sin que AENA haga nada, ¿cómo es posible que ahora, basándose en datos tergiversados el resultado sea templado?”, indica la Asociación contra Ruido y Riesgo de Aeronaves de Ciudad Santo Domingo.

Los residentes observan que este Auto olvida de nuevo que la lesión se produce en aproximadamente 14% de días del año, cuando las aeronaves aterrizan desde el Norte en Barajas y carece de sentido emplear medias de ruido mezcladas con los despegues hacia el Norte, que nada tienen que ver con la lesión.  Además observan que el TSJM olvida una vez más que el Supremo ha señalado reiteradamente que hay que tener en cuenta otros parámetros además de ruido, incluyendo frecuencia de sucesos y niveles sonoros máximos.  A ello se añade que el TSJM pretende ignorar los datos aportados por los residentes, que son reales de los medidores de AENA:“¿Cómo es posible que el TSJM caiga de nuevo en estos errores?”, concluyen.

Ciudad Santo Domingo es una población consolidada de los años 70, pre-existente a las ampliaciones del aeropuerto, de 5.000 habitantes, a 16 kilómetros de la cabecera de Barajas, más lejos que la Puerta del Sol de Madrid. Era, hasta la ampliación del aeropuerto Madrid-Barajas una urbanización ajena a afecciones y servidumbres acústicas. A partir de la ampliación se generan maniobras de aproximación de aeronaves a baja altura con contaminación acústica debido a frecuencia, número y nivel de ruido según aprecia el Supremo.

Esta circunstancia se produce exclusivamente en aterrizajes desde el Norte, lo que tiene lugar 14% de días del año, solo respecto al periodo diurno, en algunos casos horas.  Esos aterrizajes pueden seguir haciéndose hacia pista por el Valle del Jarama, por donde siempre han circulado las aeronaves, sin sobrevolar población alguna. Ya se hizo de modo continuo por obras del  17 de abril al 17 de mayo de 2015.

La Unión Sindical de Controladores Aéreos, delegación local ya ha informado que Aena ha podido aplicar el procedimiento UTP, que, bajo determinadas condiciones permite emplear única y exclusivamente la pista del Valle del Jarama para todas las aeronaves en aterrizajes desde el Norte, de manera que “con toda probabilidad habrían reducido en un número muy superior al 30% los sobrevuelos (sobre Ciudad Santo Domingo) desde hace bastantes años”.  El Aeropuerto ha registrado 378.150 operaciones en 2016 con cuatro pistas, nivel de 2001, cuando con dos pistas absorbía todas las operaciones.

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