
A propuesta del PE, las aerolíneas de la UE, así como las no comunitarias que despeguen de un aeropuerto europeo, deberán presentar una lista de los pasajeros que viajaban en el avión en un plazo máximo de dos horas tras el accidente. Esta lista se utilizará para informar a los familiares de las víctimas y sólo podrá hacerse pública a los medios de comunicación tras obtener el consentimiento de los parientes. Además, la compañía tendrá que presentar inmediatamente después del siniestro la lista de objetos peligrosos a bordo del avión.
Los pasajeros también tendrán la posibilidad de indicar los datos de una persona de contacto en caso de accidente. Esta información no se utilizará para fines comerciales.
Por otro lado, los Estados miembros establecerán planes de emergencia y se asegurarán de que todas las aerolíneas disponen de un plan para asistir a las víctimas y a sus familiares.
La UE creará una Red europea de autoridades encargadas de la investigación de la seguridad en la aviación civil, con tareas de coordinación y asesoramiento.
Procedimiento: codecisión, primera lectura
Ponente: Christine De Veyrac (PPE, FR)
Debate: 20.9.2010
Voto: 21.9.2010






