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El Despacho de Cremades&CS indica que la Sentencia desestimatoria de la AN ni es «definitiva ni vinculante»

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Dar la vuelta a la tortillaGuadalajara, SP, 19 de abril de 2013.- Ayer en algunas dependencias de AENA y Fomento, probablemente, o en alguna íntima cena, se celebraba con Ribeiro o Alvariño, la desestimación de la demanda ante la Audiencia Nacional. Pero el respiro de algún que otro responsable durante el cierre del espacio aéreo, puede durar poco, si tenemos en cuenta las "reflexiones" del despacho de abogados que aglutina a más de 15.000 afectados. Además de futuras resoluciones contra la empresa que ordenó ese cierre patronal, AENA, por la vía penal y un interesante Recurso de Amparo ante el Constitucional que ha sido admitido a trámite. Amén del goteo de sentencias favorables para, según dicen, algunos representados por el buffete.

(NP Cremades&Calvo Sotelo)

Más de 15.000 demandantes aseguran que proseguirán la vía judicial para obtener una reparación por los daños sufridos en el Cierre del Espacio Aéreo

La sentencia de la Audiencia ni es definitiva ni vinculante:

La sentencia de la Audiencia sólo es definitiva para la recurrente, la Agencia de viajes catalana «Viatges Panorama Cultural», que no forma parte de los más de 15.000 afectados que representa Cremades & Calvo-Sotelo.

La decisión de la Audiencia no es vinculante para los Juzgados que actualmente tienen pendiente miles de demandas de afectados por el Cierre del Espacio Aéreo.


La propia sentencia de la Audiencia Nacional reconoce que los daños sufridos por los afectados son indemnizables.


En contra del criterio expresado por la Audiencia, algunos demandantes representados por Cremades & Calvo-Sotelo han recibido sentencias firmes favorables, que sí han estimado las reclamaciones de los afectados y la responsabilidad de AENA (se adjunta copia de un ejemplo).


Además, hay numerosas vías judiciales abiertas que no se cierran con la sentencia de la Audiencia, como el proceso penal y un recursos de amparo admitido por el Tribunal Constitucional (se adjunta copia).



Madrid, 18 de abril de 2013.- Tres años después del cierre del espacio aéreo, la Justicia continúa sin dar una respuesta unánime a los graves hechos ocurridos en el puente de diciembre de 2010, que ocasionaron que se decretase el estado de alarma y el cierre del espacio aéreo.


En esta semana, una de las Secciones de la Audiencia Nacional ha resuelto un recurso rechazando la responsabilidad de AENA por el cierre del espacio aéreo, alegando la existencia de fuerza mayor y desvinculando cualquier responsabilidad de AENA respecto de la actuación de los controladores, al entender que dicha actuación está fuera del ámbito funcionarial de los mismos. Si bien, esta Sección 8º de la Audiencia Nacional sí que reconoce que los daños sufridos por los afectados son indemnizables.


El despacho Cremades & Calvo-Sotelo, como representante legal de más de 15.000 demandantes afectados por el cierre del espacio aéreo, no comparte el criterio de la Audiencia y quiere aclarar que dicha Sentencia no afecta a ninguno de los afectados que representamos, por lo que vamos a proseguir adelante con las vías procesales iniciadas ante la jurisdicción contencioso-administrativa, penal y constitucional.


Es más, en procedimientos dirigidos bajo la dirección letrada de Cremades & Calvo-Sotelo, se han producido sentencias firmes, a través de las cuáles, los Juzgados Centrales de la Audiencia Nacional manifiestan que AENA es responsable de la prestación del servicio de transito aéreo, para lo que debía hacer uso de sus medios personales y materiales para asegurar la prestación del servicio bajo unas normas de seguridad y eficacia, no considerando, en ningún caso, a los controladores-como empleados de AENA- elemento ajeno al servicio que la misma presta. Igualmente, dichas Sentencias firmes consideran ocioso debatir sobre una supuesta imprevisibilidad o incluso absoluta desproporción en su actuación.


Por tanto, con esta sentencia de la Audiencia se complica el caos judicial que están sufriendo los afectados ante la disparidad de criterios de los órganos judiciales, puesto que algunos afectados ya han recibido comunicación de AENA en la que dicha entidad comunica su intención de pagar la indemnización a la que, por algunos Juzgados Centrales de la Audiencia Nacional, ha sido condenada AENA.


Frente a algunas noticias publicadas hoy en los medios de comunicación, el despacho quiere recordar que esta Sentencia de la Audiencia Nacional no es vinculante para el resto de los órganos judiciales, los cuáles gozan del principio de independencia en el ejercicio de su potestad jurisdiccional incluso respecto de tribunales superiores y de los órganos de gobierno del poder judicial, tal y como viene reiterando el Tribunal Constitucional.


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