Madrid, 17 de mayo de 2012 (NP IBERIA).- Se trata de una huelga ilegal por "novatoria", al pretender alterar lo pactado en el XVI Convenio Colectivo en vigor. La Audiencia Nacional ha estimado la demanda de Iberia contra el sindicato de tripulantes de cabina de pasajeros Stavla, y ha considerado como "huelga ilícita" los paros convocados los días 13, 17, 20 y 24 de febrero de 2012, 16, 19, 23, 26 y 30 de marzo, 2, 4, 9 13, 16, 20, 23, 27 y 30 de abril, y 2, 4, 7, 11, 14, 18, 21, 25 y 28 de mayo del presente año.
La Audiencia Nacional concluye que los citados paros implican una huelga ilegal por "novatoria", al pretender alterar lo pactado en el XVI Convenio Colectivo relativo a la posibilidad de desarrollar las operaciones de Iberia Express fuera de la matriz. De esta forma, se considera que el Convenio recogía la posibilidad específica de llevar a cabo dichas operaciones tanto dentro como fuera de la matriz, correspondiendo esta opción en exclusiva a la Empresa, según lo preceptuado por el artículo 1132 del Código Civil. Iberia se congratula de esta sentencia, y estudiará los pasos que puede adoptar a partir de ahora en relación con la misma.