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abril, martes 23, 2024

La AVJK5022 paga a un letrado pese a sentirse estafada moral, social, y sobre todo, humanamente

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La AVJK5022 consiguió que en el art.8º del Estatuto de la Víctima del Delito se proteja de acercarse a éstas en el plazo de 30 días

Las Palmas, SP, 30 de octubre de 2014.- La Asociación de Afectados del Vuelo JK5022, enviaba una nota de prensa en la que explica sus sensaciones tras ser condenada al pago de 6.000EUR por una Sentencia de la Audiencia Provincial de Las Palmas, a un letrado, de nombre ADEL ALBERTO HAWACH VEGA, por la «elaboración» de un Informe relativo a la viabilidad de acciones legales en USA. La AVJK5022 se siente estafada moral y socialmente, prefiere pagar y «apartar de su camino» a este letrado, a pesar de que no considera que le debiera nada a dicho letrado. No es la primera vez que HAWACH busca «honorarios fuera del alcance de cualquier víctima» señala en su nota la AVJK5022. En cierta ocasión un Letrado, de los de con mayúscula, nos comentaba que de su padre, tambien Abogado con mayúscula, había aprendido que demandar a un representado por cuestión de cantidad, es un fracaso profesional antiestético, antiético e incluso, en el caso de que tuviera una deuda de honorarios legítimos por parte del cliente representado, rayando la falta deontológica, al tener que revelar en la demanda la identidad de aquel. «El Secreto Profesional está por encima de cualquier otra aspiración legítima» y revelar la identidad del representado, incluso en el caso de tener legítimamente derecho a ello, no exime del cumplimiento de ese Secreto Profesional. Romperlo dice mucho de quién lo hace, y ésto ES deontológicamente de lo más reprochable. Claro que hablamos en ese caso de un profesional con sólo 62 años de experiencia como Letrado intachablemente brillante. ¿Tánto han cambiado las cosas? En este caso nos preguntamos muy seriamente por cómo ha actuado el Colegio de Abogados, si es que lo han hecho.

– NOTA DE PRENSA DE LA AVJK5022 – 28.10.2014

LA AVJK5022 ante la Sentencia conocida hoy por la que el Magistrado de la Audiencia Provincial de Las Palmas, Jesus Angel Suárez Ramos, la condena al pago de 6.000 euros de honorarios, estimando parcialmente el Recurso del Abogado ADEL ALBERTO HAWACH VEGA, por la elaboración de un Informe relativo a la viabilidad de acciones legales en USA, manifiesta:

1o) Su dolor por lo que considera un despropósito: se la condena a pagar un Informe que nunca llegó a la Asociación.

2o) La sensación que nos embarga de «estafa» moral y social: sentar en el banquillo a la Asociación que representa a las víctimas fallecidas y lesionadas en el Vuelo JK5022 por «dinero», a nuestro juicio no debido, es lo más vejatorio con que nos hemos encontrado en el largo camino que llevamos recorriendo desde el 20 de Agosto de 2008.

3o) Le cabe al demandante, el dudoso honor de haber logrado una condena judicial sobre la única Asociación de Víctimas de la Aviación Comercial en España, que en su día le asistió y que lucha porque volar sea más seguro para todos, incluso para el y su familia cuando utilizan el avión como medio de transporte. Condena que queremos señalar, lo es por algo tan repugnante como son unos supuestos HONORARIOS que la Asociación considera que no eran debidos. A pesar de ello, respetando las resoluciones judiciales, aunque no las comparta, se le pagará, para que se aparte definitivamente de su limpio camino.

4o) Asimismo queremos señalar y recordar que el demandante no es la primera vez que actúa de esta forma en busca de honorarios fuera del alcance de cualquier víctima:

* Interpuso una querella por injurias y calumnias de 150.000 Euros contra la Asociación y su órgano directivo, incluida 1 superviviente, que fue íntegramente desestimada.
* Interpuso también una demanda por supuesta lesión de su honor profesional, que también ha sido íntegramente desestimada recientemente, expresándose de forma clara por el Juez lo extraño de una conducta profesional para cuya justificación es necesario emplear más de cincuenta folios dedicados a tratar unos honorarios, pactados con un despacho norteamericano a espaldas de la Asociación y en perjuicio de sus asociados.

* También el demandante es el mismo que persiguió cobrar de la Asociación más de 244.000 euros por unos trabajos que el Juzgado y el Colegio de Abogados de Madrid evaluó en apenas 14.140 euros y que se le pagaron ya en 2 plazos.

5o) Confiamos y seguimos trabajando para que el ESTATUTO DE LA VICTIMA DEL DELITO que elabora el Ministerio de Justicia y que recoge en su Art. 8 «la prohibición de acercarse a víctimas de grandes tragedias hasta pasados 30 días de ocurrida por profesionales», proteja a las futuras víctimas de voraces inmorales que ven la tragedia ajena como vía para obtener rendimientos económicos.

6o) La AVJK5022 siente que la memoria de los que defiende se vea salpicada por quién ha mostrado su verdadera cara con ese afán sin límites por obtener beneficios sin importarle a costa ni en nombre de que.

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