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abril, sábado 20, 2024

La OCU lleva a los tribunales los contratos de Iberia, Ryanair, Spanair, Air Europa y Vueling por abusos a sus clientes

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3/08/2011.-La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha impugnado ante los tribunales de justicia hasta cuarenta cláusulas de los contratos de cinco compañías aéreas –Ryanair, Iberia, Spanair, Air Europa y Vueling-, por considerar que son abusivas y perjudican a todos los viajeros.

Según informa esta organización de consumidores, ha interpuesto la llamada acción de cesación contra las condiciones generales de la contratación de estas aerolíneas puesto que muchas de esas condiciones, como la de cobrar por el equipaje facturado, , redactadas por las propias compañías de forma unilateral, son "desequilibradas, desproporcionadas y abusivas".

La OCU repite con esta demanda la estrategia seguida contra BBVA y Banco Popular por cláusulas abusivas (incluida la cláusula suelo) y pretende introducir una mayor transparencia en el transporte aéreo y más equilibrio en las relaciones de millones de usuarios con las compañías.

Hasta ahora, un usuario perjudicado por la aplicación de una de estas cláusulas (por ejemplo la que impone el pago de los llamados "gastos de gestión") tiene que acudir a los tribunales individualmente.

Si la OCU obtiene una sentencia favorable, las compañías serán condenadas a eliminar esas cláusulas, que desaparecerán de todos los contratos, no pudiendo perjudicar a más pasajeros por los motivos impugnados.

Algunas de las cláusulas y prácticas de las compañías aéreas impugnadas en las demandas presentadas por la OCU son, por ejemplo, que en los billetes de ida y vuelta, la aerolínea cancela el billete de vuelta si, por cualquier razón, el usuario no ha utilizado el viaje de ida.

Otra denuncia es la cláusula por la que la compañía se reserva el número máximo de menores que pueden subir a bordo o por la que no acepta dinero en efectivo como medio de pago.

La OCU también denuncia que la aerolínea pueda cambiar a su antojo la plaza elegida por el viajero alegando "motivos de funcionamiento" o que pueda registrar su equipaje aunque el pasajero no esté delante (cuando solo las fuerzas y cuerpos de seguridad pueden llevar a cabo este registro).

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