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Una Sentencia de 2008 para evitar lesión por sobrevuelos de Barajas, sigue sin ejecutarse por AENA

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Madrid, SP, 1 de marzo de 2016.- El presidente de Iberia ha hecho referencia a la ejecución de la Sentencia firme del Tribunal Supremo de 2008 que ordenó el cese de la lesión de derechos fundamentales de los residentes de la población Ciudad Santo Domingo en Madrid, con referencias al cierre de la pista 18R-36L del aeropuerto Adolfo Suárez y reducción de hasta 30 % de la capacidad. Además la CEOE estima datos de impacto por disminución de tráfico hasta 2030, aunque no indica en qué se basa. El caso es que no se trata de cierre de pista sino evitar una configuración, la 18R, de 16 posibles en el aeropuerto, cuando las aeronaves aterrizan desde el Norte. Ello no incluye salidas hacia el Norte. Es un modo de operar que se ha evitado en numerosas ocasiones. Del 17 de abril al 17 de mayo de 2015 no estuvo en funcionamiento y todas las aproximaciones fueron absorbidas en maniobra 18L, paralela, por el Valle del Jarama, por donde históricamente han circulado las aeronaves, sin inconvenientes significativos, según la propia Aena. El Supremo en tres ocasiones ha reiterado que la Sentencia no se ha ejecutado, así que Aena no ha acreditado haber adoptado medidas adecuadas y suficientes.

 

La sentencia del Supremo de 2008, que ordena cese de lesión por sobrevuelos, sigue sin ejecutarse

En ejecución hay 1.283 residentes que consideran que la solución pasa por evitar una de 16 modos de operar en Barajas

La sentencia firme del Tribunal Supremo de 2008 ordena el cese de lesión de Derechos Fundamentales por sobrevuelos sobre la población de Ciudad Santo Domingo (Algete, Madrid) y sigue sin ejecutarse. El Supremo ha emitido en este tiempo otras dos sentencias que determinan que se mantiene la lesión de derechos fundamentales, por conjunción de factores diversos que concurren simultáneamente, siendo el nivel de ruido uno de ellos. El último auto del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 2 de diciembre de 2014, confirmado el 9 de abril de 2015, declara el mantenimiento de la lesión de derechos fundamentales y el incumplimiento de la sentencia. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), en su último auto de ejecución, de diciembre de 2014 –tras numerosos autos anteriores que acabaron en casación al Supremo-, determinó una reducción del 30% en el número de sobrevuelos sobre esta población respecto a los 20.730 de 2004. Su decisión fue de nuevo recurrida al Supremo por el abogado de los residentes y la propia AENA y Fomento y la nueva resolución puede producirse este año.

Mientras, según el abogado de estos residentes, los procedimientos por Derechos Fundamentales tienen prioridad absoluta y considera que el TSJM difícilmente puede mantener la lesión. Se debe prohibir los sobrevuelos de aeronaves sobre Ciudad Santo Domingo, con los efectos que pueda tener, en tanto no se acredite haber adoptado las medidas adecuadas y suficientes para el cese de ruido y con ello de la lesión.

En la ejecución de esta sentencia del Supremo de 2008 en casación hay 1.283 personas residentes de Ciudad Santo Domingo. Jaime del Barrio, presidente de la junta de distrito de Santo Domingo y concejal de medio ambiente y relaciones aeroportuarias en el Ayuntamiento, recuerda que el aeropuerto de Heathrow, con solo dos pistas, en Londres, lleva a cabo más operaciones que Barajas con cuatro. Por su parte Dubái tiene dos pistas y funciona con una sola cuando la otra está de reformas.

De hecho las soluciones están al alcance de Fomento y Aena. Incluye que los aterrizajes desde el Norte hacia Barajas se hagan por la izquierda, pasado Ciudad Santo Domingo, lo que evita los sobrevuelos en cualquier población y cumple los requisitos de OACI. Se trata de evitar una configuración, la 18R, de 16 posibles en el aeropuerto de Barajas, concretamente cuando las aeronaves aterrizan desde el Norte hacia la pista. Ello no incluye salidas hacia el Norte desde esa pista, que pueden continuar. Esa configuración solo se usa, en función del viento y los controladores, un número de días al año. Es un modo de operar que ya se ha evitado en numerosas ocasiones. Del 17 de abril al 17 de mayo de 2015 no estuvo en funcionamiento por mantenimiento y todas las aproximaciones fueron absorbidas en maniobra 18L, paralela, por el Valle del Jarama, por donde históricamente han circulado las aeronaves, sin inconvenientes significativos. Según los propios datos de AENA en ese periodo las operaciones se incrementaron 7,5%, lo que acredita que se pueden absorber. En otras ocasiones por mantenimiento u otras razones también ha evitado la maniobra a 18R.

Estos residentes señalan que en 2005 el aeropuerto funcionaba en aterrizajes desde el Norte en una sola maniobra 18L. Ese año el aeropuerto, con dos pistas tuvo 415.705 operaciones, 82.649 más que en 2013 con cuatro pistas. Actualmente hay 17,7% de menos operaciones que en 2005 y entonces el aeropuerto operaba con ocho modos frente a 16 actualmente.

La población de 5.000 habitantes Ciudad Santo Domingo está consolidada hace más de 40 años y gozaba de un entorno medio ambiental históricamente saludable. Con la primera ampliación de Barajas (noviembre de 1998) se diseñó una ruta sobre la vertical que colocó la población en aproximaciones y pre aterrizajes hacia pista 18R, cuya prolongación pasa por medio de la población. Ciudad Santo Domingo no se encuentra en límites sonoros de afección en Plan Director del Aeropuerto de Madrid-Barajas, ni Declaración de Impacto Medioambiental de 1996 y 2001, ni huella acústica. La Sentencia de 13 de octubre de 2008, 1553/06 de Derechos Fundamentales 109/2004 fue promovida por cinco habitantes en representación del resto. Actualmente hay 1.269 vecinos personados en la ejecución de la sentencia.

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