Aviaciondigital, SP.- El Gobierno acaba de publicar en el Boletín Oficial del Estado la Orden PCM/641/2021, la actualización de las indemnizaciones a las personas que sufran accidentes al colaborar en los trabajos de extinción de incendios forestales.
Veinte años han transcurrido desde su última revisión, elevando las indemnizaciones en un 72,6 por ciento de media sobre las cuantías previstas en la Orden de 3 de agosto de 2001, tanto para las contingencias de fallecimiento, como para las de incapacidad permanente y temporal.
Además, las indemnizaciones por este seguro es compatible con cualesquiera otras que puedan haber contratado las comunidades autónomas, ayuntamientos, otras entidades locales, las empresas de servicios de extinción de incendios forestales o el accidentado.
También estará cubierta por esta póliza el personal de extinción de incendios forestales que se envíe desde España para apoyar en labores de extinción en países limítrofes (Portugal, Andorra, Francia y Marruecos), algo que cada vez es más habitual.
Para ver la tabla de indemnizaciones consultar aquí.