El Juzgado de primera instancia número 34 de Barcelona ha condenado a las empresas que fabricaron, diseñaron y comercializaron el dispositivo de seguridad de los aviones (TCAS) que colisionaron en el aire en los alrededores del lago Constanza, que separa Suiza y Alemania en julio de 2002 a indemnizar a las 30 familias de 30 de las víctimas que fallecieron en el accidente.
En el accidente, en el que se vieron implicados un avión comercial fletado por la compañía bielorrusa Bashkirian Airlines que hacía la ruta Moscú-Barcelona y un Boeing de carga 757 de DHL Airlines, fallecieron 71 personas, la mayoría niños y adolescentes que volaban a la capital catalana para pasar el verano en Salou (Tarragona).
El accidente se produjo sobre las 23.43 horas del 1 de julio. Momentos antes, el copiloto del Boeing alertó al controlador de tráfico aéreo de Zúrich de que un avión volaba a la misma altura y el controlador ordenó al comandante del avión comercial que descendiera varias veces sin obtener respuesta. El Boeing descendió para evitar la colisión, al tiempo que lo hacía el otro avión.
Según la sentencia, "la falta de instrucciones y advertencias adecuadas" del manual del piloto del sistema TCAS en cuanto a la prioridad absoluta de seguir los avisos del sistema respecto a las instrucciones del controlador aéreo, "contribuyó en el error del piloto" del avión comercial que provocó el accidente. Por lo tanto concluye que este defecto de información "contribuyó de forma sustancial al daño, formando parte de una de sus causas".
Las dos empresas, Honeywell International y Aviation Communications and Surveillance Systems (ACSS), deberán pagar respectivamente cantidades que oscilan entre los 212.000 dólares y los 12.000.
Se trata de un caso complejo porque las empresas se rigen por derechos distintos, el de Arizona y el de New Jersey, que contemplan supuestos diferentes en lo que se refiere a las indemnizaciones por daños.
Así, los daños pecuniarios, que son los que quieren resarcir los daños económicos derivados de la muerte, deben ser indemnizados por las dos empresas, mientras que los daños no pecuniarios, que quieren resarcir la angustia y la pena sufrida por la muerte, solo responde ACSS ya que no están previstos en el derecho de New Jeresey, por el que se rige Honeywell.
En enero de 2009 la Audiencia de Barcelona ya confirmó las indemnizaciones que debía pagar la compañía aérea bielorrusa.