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marzo, jueves 28, 2024

¿Borrar una observación en un documento público es un delito?

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Cuadrante de turnos Palma 3 de diciembre 2010

Las cosas se están complicando, cada vez más, en el asunto del cierre del espacio aéreo. Tras la revelación de hoy que firma el periodista Hugo Sáenz desde Palma, para el diario "El Mundo", titulada "AENA ocultó a la Guardia Civil que había dado un permiso a uno de los controladores ausentes", AD ha consultado a un jurista sobre las implicaciones que podría tener esta supuesta manipulación del documento, así como la conversación que desvelan entre dos jefes de la torre de Son San Joan.

Al hilo de un permiiso de un controlador, concedida, por el fallecimiento de un familiar directo, el día del cierre del espacio aéreo español el 3 de diciembre de 2010, nuestro jurista nos indica "efectivamente si ha existido una manipulación de un documento como el cuadrante de turnos de AENA, en Palma, en el sentido de tachar la anotación -Permiso por fallecimiento- estaríamos muy probablemente ante una falsificación de documento público. Hay que tener en cuenta que, por ejemplo, ese documento, en el caso de un incidente, está a disposición y puede acreditar ante la AESA, la responsabilidad o no, de los propios controladores en dicho turno. Podríamos decir que dicho cuadrante es doblemente un documento público. Es un documento oficial de un Ente Público, como es AENA, y estaría a disposición de una Agencia Estatal como AESA, en el caso de ser necesario. Por lo tanto, supuestamente una manipulación del mismo podría ser constitutiva de un delito de falsedad en documento público perfectamente tipificado en nuestro ordenamiento jurídico".

Por otro lado sobre la supuesta inducción a la comisión de la supuesta falsedad en documento público nos indica: "En primer lugar se trata de una conversación telefónica grabada que figura en el sumario y ha de admitirse probatoriamente. De ser así, esa frase que aparece en la información periodística de ""tienes que borrar lo del permiso"" en referencia a que figuraba que el controlador lo tenía concedido, efectivamente, de ser así y considerarse un hecho probado, podría constituir un delito de tipo inductivo para la comisión del delito de falsedad en documento público".

"Incluso", nos señala, "yo llegaría hasta el supuesto de obstrucción a la investigación policial, al ocultarse este hecho que parece ser relevante para lo investigado…".

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