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marzo, martes 19, 2024

Entrada en vigor de la prohibición de los vuelos cortos franceses

Según el Gobierno francés, esta es una medida necesaria entre vuelos domésticos para luchar contra los problemas medioambientales

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Florencia Amat / Aviación Digital, Sp. – La medida que la Comisión Europea aprobó hace casi medio año ha comenzado a tener efectos en Francia. Nuestro vecino galo ha publicado en su Boletín Oficial el decreto que prohíbe a las compañías aéreas ofrecer rutas que tengan alternativas ferroviarias de una duración de menos de dos horas y media.

Condiciones

En el Decreto, se leen las condiciones necesarias para poder hacer efectiva dicha prohibición. En primer lugar, el trayecto deberá efectuarse entre estaciones que presten servicio a las mismas ciudades que los respectivos aeropuertos de que se trate. No obstante, cuando el más importante de estos dos aeropuertos, habida cuenta del tráfico medio registrado en los últimos siete años, esté directamente servido por un servicio ferroviario de alta velocidad, la estación que se tendrá en cuenta para la aplicación de las disposiciones del presente apartado será la que sirva a este aeropuerto.

La conexión deberá efectuarse sin transbordo entre dichas estaciones. Además, las frecuencias deberán ser suficientes y los horarios adecuados, teniendo en cuenta las necesidades de transporte de los viajeros que utilicen esta ruta, especialmente en términos de conectividad e intermodalidad, así como los desplazamientos de tráfico que provocaría la prohibición.

Por último, la ruta debe permitir más de ocho horas de presencia en el lugar durante el día, durante todo el año.

Características

Este Decreto estará vigente durante tres años, entendiendo su comienzo el 23 de mayo de este año, día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial francés.

Antes de cada temporada aeronáutica, el Ministro responsable de la aviación civil realizará una evaluación para determinar las rutas aéreas potencialmente afectadas para las que exista un servicio ferroviario alternativo satisfactorio. También informará a las compañías potencialmente afectadas de las rutas aéreas susceptibles de ser prohibidas.

El Ministro responsable de la aviación civil realizará una evaluación de la aplicación del presente decreto, que se enviará a la Comisión Europea veinticuatro meses después de esta fecha.

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