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mayo, miércoles 1, 2024

Las deficiencias de seguridad de SENASA se reflejan en su condena por despido improcedente

Los representantes de Francisco Pavodano, ex inspector técnico, lucharán por que esta acción empresarial se considere nula

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Aviación Digital, Sp.- Poco después de la publicación en nuestro medio de las denuncias sobre las irregularidades que se habían detectado en cuanto a seguridad por parte de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), el ex inspector técnico especializado en vuelo a vela, Francesco Padovano, fue fulminantemente despedido por SENASA, encargada de los servicios y estudios para la navegación aérea y la seguridad aeronáutica, quien la Administración tiene delegadas alguna de las labores de inspección en el marco de la seguridad aérea.

Tras casi un año después de producirse dicho despido, un juzgado de lo Social acaba de pronunciarse, declarando la improcedencia del despido y condenando a SENASA, que tendrá que decidir si volver a readmitirle en la empresa o bien pagarle la correspondiente indemnización. 

Asi pues, la Sentencia, en su Fundamento de Derecho TERCERO indica lo siguiente:

“En el caso de que se trata y tal y como resulto probado, no existe una actuación dolosa y con ocultación llevada a cabo por el trabajador con la intención de perjudicar los intereses o el prestigio de la empresa frente a sus usuarios y los operadores de vuelo sin motor, antes bien al contrario estos usuarios y ante la imposibilidad de obtener información o contactar a través de canales de comunicación establecidos al efecto por la administración competente AESA y SENASA (ambas empresas cuya actividad es la seguridad aérea esencialmente y caras de una misma moneda) y precisando presentar los manuales de formación de vuelo para poder llevar a cabo su actividad, acuden a título personal al demandante como conocedor de la materia, quien no consta que haya confeccionado como autor, manual alguno o guía con criterios contrarios a los preestablecidos por AESA (no consta que existiera manual alguno al que se pudiera acceder para su conocimiento por parte de los interesados) o instrucciones sobre los requisitos para su presentación sino que se limita a indicar donde se puede encontrar material disponible pone en contacto a los interesados con otras escuelas que han presentado y obtenido la aprobación de sus manuales de formación de vuelo.

Tal actuación en modo alguno puede revestir la gravedad que la empresa le asigna para fundamentar el despido ni la intencionalidad dolosa de perjudicar a la empresa, perjuicios que por otro lado no resultan acreditados en forma alguna.”

La representación letrada del Sr. Padovano, -ejercida por Gonzalo Lucendo, del sindicato SEPLA-, ha manifestado que, «aun siendo una buena noticia que el despido haya sido declarado improcedente, esto no es suficiente, y van a recurrir en Suplicación la misma ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, por considerar que dicha decisión empresarial ha de ser considerada nula, por haber vulnerado los derechos como trabajador del inspector, al que se ha despedido y defenestrado única y exclusivamente por hacer bien su trabajo e intentar garantizar que se cumplan los requisitos de seguridad establecidos en las normativas nacionales e internacionales, pese a quien le pese.”

Problemas que esta sentencia saca a relucir

Como ya se denunció en su día en este medio, en España, en el sector del vuelo sin motor, la falta de cumplimiento de los objetivos declarados por las autoridades aeronáuticas ha llevado a un resultado deficiente en términos de seguridad y a un alto número de accidentes.

Esto ha generado que muchas compañías de seguros se nieguen a cubrir aeronaves con base en España. Además, la falta de proporcionalidad y coherencia técnica, centrándose en formalidades en lugar de en criterios sólidos, ha limitado en gran medida el crecimiento del sector, pues las dificultades para relacionarse con la Administración (AESA) son casi insalvables, lo que ocasiona dificultades para poder cumplir con los requisitos legales, ante la falta de información y disparidad de criterios entre los propios funcionarios e inspectores.

Estas limitaciones no solo afectan al sector aeronáutico en sí, sino que también tienen un impacto negativo en el desarrollo económico local, especialmente en áreas deprimidas donde el vuelo sin motor podría ser una actividad atractiva y atraer pilotos extranjeros. A pesar de la problemática y la creciente preocupación por la despoblación en España, el apoyo y fomento de este sector como motor económico local no ha sido considerado ni respaldado adecuadamente.

Esta Sentencia pone además de manifiesto, leyendo entre líneas, la dificultad para un trabajador/técnico inspector de mantener una posición objetiva en sus valoraciones, dada la relación existente entre AESA y SENASA, citando textualmente a la propia Sentencia “ambas empresas cuya actividad es la seguridad aérea esencialmente y caras de una misma moneda…”, y no se puede evitar notar que la primera inspecciona a la segunda en sus actividades con empleados de esta última. 

Así sigue sin respuesta la pregunta sobre los motivos objetivos que hacen que los campos de vuelo de propiedad de SENASA como el de Ocaña o Santo Tomé del Puerto sigan sin estar vallados a pesar de ser un requerimiento normativo exigido a los demás, lo que pone de manifiesto un evidente, enésimo, agravio comparativo.

Además, nos consta que a las escuelas españolas se les niega la posibilidad de usar aeronaves de matriculación comunitaria, aplicando un decreto legislativo nacional anterior a la última ley europea y generando un tremendo agravio frente a escuelas de otros países miembros de la UE. Esto lleva al absurdo de poder llegar a tener escuelas extranjeras en España jugando con otras reglas y normas, ya que estas (a diferencia de las españolas dada la especial interpretación de la normativa por parte de AESA) sí pueden tener bases en el extranjero mientras la actividad principal se desarrolle en su país de origen.

Desde que existen AESA y SENASA, el número de escuelas ha disminuido en España de manera importante: apenas quedan 6 centros mientras que simultáneamente siguen creciendo los accidentes e incidentes. Teniendo en cuenta el contexto europeo, donde el vuelo sin motor es la base de la selección y formación en muchos estamentos, como el militar; no se entiende cómo en España solamente hay una entidad – la cual ha sido capaz de perder cerca de un millón de euros al año con esta actividad. Otras entidades, mucho más modestas, no registran pérdidas y además dan trabajo y sostienen a familias enteras que viven de ello.

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